Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 15/10/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 28 de septiembre de 1998, por la que se modifica el Concierto Educativo en los Centros privados concertados que se indican.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 20 de julio de 1998 (BOJA de 8 de agosto) resuelve la convocatoria de la Orden que se indica para el acceso, modificación o renovación de los Conciertos Educativos de Centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía a partir del curso académico 1998/99.

No obstante, vista la propuesta realizada por las correspondientes Delegaciones Provinciales, de acuerdo con las necesidades de escolarización planteadas en determinados Centros privados concertados de varias localidades, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Artículo 1. Aprobar el concierto educativo para el curso

1998/99 con los Centros que se relacionan en el Anexo de la presente Orden, en los niveles educativos que se indican y para las unidades que asimismo se relacionan.

Artículo 2. 1. La correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia notificará a los titulares de los Centros de su ámbito territorial el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerdan.

2. Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Delegado o Delegada Provincial que corresponda y por el titular del Centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

3. Entre la notificación y la firma de la modificación del concierto deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Artículo 3. Si el titular del Centro privado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de la modificación del concierto en la fecha establecida, se entenderá que renuncia a suscribir dicha modificación.

DISPOSICION ADICIONAL UNICA

Para lo no contemplado específicamente en esta Orden, se estará a lo dispuesto en la Orden de 20 de julio de 1998, por la que se resuelve la Convocatoria de la Orden que se indica para el acceso, modificación o renovación de los Conciertos Educativos de Centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a partir del curso académico 1998/99.

DISPOSICION FINAL UNICA

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de septiembre de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF