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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
GESTION Y TECNICAS DE AGUAS, S.A. GESTAGUA. MONTORO (CORDOBA)
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
En los suministros contra incendios la fianza se corresponderá con la del contador de 25 mm.
En los suministros que de forma excepcional se presten sin contador se tomará como equivalencia de calibre utilizado el de la acometida, calculándose la fianza con el mismo criterio indicado anteriormente.
En los casos de suministros esporádicos, temporales o circunstancialmente solicitados con este carácter, el importe de la fianza se podrá elevar hasta el quíntuplo de la cuantía que resultase de lo anteriormente expuesto.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 22 de enero de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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