Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/10/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE RUS (JAEN)

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Anuncio: Que conforme a la oferta de empleo público de este Ayuntamiento para 1998, publicada en el BOE Núm. 74, de

27.3.98.

En pleno del Ayuntamiento de Rus en sesión celebrada el día 26 de junio de 1998, ha aprobado las siguientes bases de selección para la provisión por concurso-oposición y jornada completa, de una plaza de funcionario de carrera de la escala de Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Clase: Cometidos especiales. Categoría: Animador/a Sociodeportivo- Cultural. Grupo D.

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso- oposición de una plaza de Animador/a Sociodeportivo-Cultural de la plantilla del personal funcionario de este Ayuntamiento, encuadrada en la escala: Administración Especial. Subescala: Servicios Especiales. Clase: Cometidos Especiales. Categoría, Animador/a sociodeportivo-Cultural. Grupo D.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

a) Ser español/a.

b) Tener cumplida la edad de 18 años.

c) Estar en posesión del Graduado Escolar.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Rus, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar el certificado de discapacidad expedido por la Administración competente donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Animador/a sociodeportivo-Cultural.

Se deberán adjuntar fotocopias debidamente compulsadas de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y

e) que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados

a), b), y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determinan en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos. Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a partir de la convocatoria en el BOE, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.

Quinta. Derechos de examen.

Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 2.500 ptas. en la cuenta número 0100016403 abierta a nombre del Excmo. Ayuntamiento de Rus en la Caja General de Ahorros de Granada (surcursal de Rus).

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as en el supuesto de no ser admitidos/as.

En el documento de ingreso se consignarán el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

El justificante de haber efectuado el ingreso deberá

acompañarse a la instancia.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso en dicha Resolución que se publicará en el BOP se indicará el plazo de subsanación de errores.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será

determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre las mismas.

Asimismo, el Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos legales

procedentes.

Séptima. Procedimiento de selección de los aspirantes.

La selección contará con dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

La fase de concurso será previa a la de oposición. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición, a los efectos de establecer el aspirante seleccionado. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

Fase de concurso.

El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los interesados con arreglo al siguiente baremo:

Méritos profesionales.

Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local en puesto de trabajo igual que el puesto ofertado, 0,20 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas en plaza o puesto igual al ofertado,

0,05 puntos.

Puntuación máxima en la fase de concurso: 10 puntos.

Justificación de los méritos alegados: Certificación expedida por la Administración correspondiente en la que se acrediten los servicios prestados.

Fase de oposición.

Primer ejercicio: Eliminatorio y de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test o preguntas concretas sobre las materias comunes del Anexo de la convocatoria, igual para todos los opositores, formulado por el Tribunal. El tiempo máximo será de

60 minutos.

El ejercicio será calificado de un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. Cada miembro del Tribunal puntuará de 0 a 10 puntos, adaptándose a las calificaciones sumando las otorgadas por cada uno y dividiéndolas por el número de miembros del Tribunal.

Segundo ejercicio: Eliminatorio y de carácter obligatorio. Consistirá en la realización de un supuesto práctico

determinado por el Tribunal y relacionado con las materias específicas del Anexo de la convocatoria.

El tiempo máximo será de 2 horas.

El segundo ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos. Cada miembro del Tribunal puntuará de 0 a 20 puntos, adaptándose a las calificaciones, sumando las otorgadas por cada uno y dividiéndolas por el número de éstos.

Entrevista profesional: Que versará sobre la experiencia profesional de los aspirantes.

La entrevista será calificada hasta un máximo de 10 puntos.

La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, y si se mantuviera el mismo, en la puntuación del segundo ejercicio de la fase de oposición.

Octava. Desarrollo del proceso selectivo.

En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes y realización de las siguientes fases de la oposición.

Hasta que no se termine la fase de oposición, los

interesados/as podrán solicitar del Tribunal la revisión de la fase de concurso.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

aspirantes para que acrediten su personalidad.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan.

Novena. Tribunal calificador.

Presidente: El de la Corporación o miembro en quien delegue. Vocales:

- Un/a técnico experto/a en la materia objeto de la

convocatoria, designado/a por el Sr. Presidente de la

Corporación.- Un/a representante de la Junta de Andalucía.

- Un funcionario/a de la sección sindical el Ayuntamiento de Rus.

- Portavoces de cada uno de los grupos corporativos o

concejales en quien deleguen.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros titulares o suplentes indistintamente.

Los vocales deberán estar en posesión de titulación académica de igual o superior nivel al exigido para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Décima. Relación de aprobados/as, presentación de

documentación y designación.

Terminada la calificación de los ejercicios y valoración de los méritos, el Tribunal publicará el nombre del/los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición, que se elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación para que proceda a formular la designación como funcionario. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El aspirante propuesto presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase la documentación, no podrá ser nombrado y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiese podido incurrir.

El aspirante seleccionado deberá someterse, previamente a la obtención de la condición de funcionario público, a un

reconocimiento médico por los servicios que se le designen por el Ayuntamiento de Rus, a fin de comprobar que el mismo no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuesto/a.

Los funcionarios públicos en activo pueden suplirlo acreditando tal condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

Undécima. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

En lo no previsto en la convocatoria se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, del 18 de abril; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y en lo no previsto en lo anterior, el Real Decreto 364/1995, de de marzo y demás disposiciones legales que sean de aplicación.

Duodécima. Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la

convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, debiendo comunicar previamente su intención de interponer el

correspondiente recurso, conforme a lo dispuesto e el artículo

110.3 de la Ley 30/1992.

TEMARIO ANEXO

Materias comunes

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional.

2. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. El Teniente de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

3. El Parlamento Andaluz. El Presidente de la Junta de

Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

4. La Función Pública Local. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Materias específicas

Tema 1. Instalaciones deportivas. Planificación en relación con la oferta-demanda. Control y organización de actividades ajustadas a instalaciones deportivas.

Tema 2. La animación deportiva en relación al tiempo libre.

Tema 3. Las Escuelas Deportivas Municipales. Justificación. Etapas, objetivos y contenidos. Personal. Creación de una Escuela Deportiva Municipal.

Tema 4. Programación y diseño de actividades deportivas, elementos de diagnóstico para determinación de objetivos. Mecanismos de evaluación.

Tema 5. Organización y desarrollo de competencias deportivas. Control y evaluación.

Tema 6. Sistemas de competencias adaptadas a distintas

modalidades deportivas.

Tema 7. Reglamentación básica sobre deportes individuales, colectivos y de adversarios.

Tema 8. Deporte para todos. Concepto. Filosofía. Campaña Provincial de «Deportes para Todos¯. Organización General. Areas de actuación.

Tema 9. Estrategias de difusión de actividades físico-

deportivas. Procedimientos a seguir.

Tema 10. Organización de actividades culturales. Programación y desarrollo.

Tema 11. Incentivos al asociacionismo juvenil. Asociaciones culturales.

Tema 12. Diseño y gestión de programas culturales en

Ayuntamientos.

Tema 13. Planificación, gestión, control y evaluación de proyectos culturales.

Tema 14. La animación socio-cultural en Ayuntamientos.

Dirección de reuniones.

Tema 15. Organización y gestión de cursos medioambientales. Orientación en la Naturaleza.

Tema 16. Estrategias de difusión de actividades socio-

culturales. Procedimientos a seguir.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Rus, 9 de septiembre de 1998.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Sánchez Díaz.

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