Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/10/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 24 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría, constituida entre los municipios de Alfarnate, Cuevas Bajas y Humilladero (Málaga).

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Los municipios de Alfarnate, Cuevas Bajas y Humilladero, pertenecientes a la provincia de Málaga, acordaron proceder a la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría que tienen constituida, en las sesiones plenarias celebradas por sus respectivos Ayuntamientos los días 14, 5 de agosto y 23 de julio de 1998.

Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/86, de abril; 3 del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio; 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio, y disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales de reforma del Régimen Jurídico de la Función Pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley

6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo único. 1. Se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría constituida entre los municipios de Alfarnate, Cuevas Bajas y Humilladero, pertenecientes a la provincia de Málaga.

2. Clasificar los puestos de trabajo de Secretaría resultantes de la Agrupación disuelta de la siguiente forma:

Alfarnate: Secretaría, clase Tercera, quedando como Secretario con carácter definitivo don Juan Francisco Sánchez González.

Humilladero: Secretaría, clase Tercera.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma, y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 24 de septiembre de 1998.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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