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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 29 de junio de 1998 por el Tribunal Supremo, en el recurso de apelación número 4717/1992, interpuesto por el Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía contra sentencia de fecha 27 de enero de 1992, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en recurso contencioso- administrativo interpuesto por Compañía Española de Trabajo en Rama, S.A., «Cetarsa¯, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación núm.
4717/92, interpuesto por el Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, contra sentencia de fecha 27 de enero de
1992, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, que revocamos, declarando la validez y adecuación al ordenamiento jurídico del acta impugnada y de las resoluciones administrativas que la confirmaron. Sin costas.
Sevilla, 13 de octubre de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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