Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 03/11/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución por la que se cancela la inscripción de determinadas empresas titulares de salones.

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Examinado el expediente número 33/87 del Registro de Empresas Titulares de Salones de esta Comunidad Autónoma, cuyo titular es la entidad Recreativos Royalti, S.A., con NIF núm. A-11059888, se procede a considerar los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que con fecha 29 de abril de 1997 fue inscrita en el Registro de Empresas Titulares de Salones de la Junta de Andalucía, con el número TJA000063, de conformidad con lo dispuesto y exigido en el vigente Reglamento de Salones Recreativos y de Juego.

Segundo. Que por el Servicio de Autorizaciones, le fue comunicado a la precitada Empresa Titular de Salones la obligatoriedad de efectuar nuevo depósito de la fianza reglamentariamente establecida, notificación que fue realizada a través del escrito de fecha 25 de septiembre de 1996, con registro de salida número 7576, y no habiéndose podido practicar la notificación personalmente en su domicilio a través del Servicio de Correos, se procedió, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a su publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su localidad y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Que con fecha 25 de febrero de 1996 fue declarada la suspensión de la Inscripción en el Registro de Empresas Titulares de Salones de la Junta de Andalucía, llevándose a cabo la notificación mediante escrito de fecha 2 de marzo de

1996, con registro de salida núm. 1110, y no habiéndose podido practicar la notificación personalmente en su domicilio a través del Servicio de Correos, se procedió, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a su publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su localidad y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Que hasta el día de la fecha no se ha remitido a esta Dirección General justificante de haberse efectuado el depósito de la fianza, habiéndose rebasado ampliamente el plazo concedido para ello.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. Que el Decreto 180/87, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 19.1.e), establece que la inscripción en el Registro de Empresas Titulares de Salones podrá cancelarse por el incumplimiento de las obligaciones que sobre constitución de fianzas y mantenimiento de su vigencia e importes establece el artículo

17 del presente Reglamento.

Segundo. Que el citado Reglamento, en su artículo 25.1.b), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por cancelación de la inscripción de la Empresa Titular en el Registro de Empresas de Salones, y el apartado del citado artículo atribuye la competencia para declarar la extinción del permiso de funcionamiento al Director General del Juego, hoy Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, de oficio en el supuesto que nos ocupa.

Vistos: La Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto declarar la cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas Titulares de Salones, concedida a la entidad Recreativos Royalti, S.A., así como todas las

Autorizaciones de Funcionamiento de Salones de las que fuese titular la citada empresa.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, en el plazo y con los requisitos señalados en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Expediente E.T.S.: 33/87.

Interesado: Recreativos Royalti, S.A.

Sevilla, 5 de octubre de 1998.- El Director General, Rafael Martín de Agar Valverde.

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