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De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el punto 1º del Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a todas las Consejerías u Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía a la percepción de precios públicos por la venta de ediciones que publiquen, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y en uso de las facultades que me han sido conferidas
DISPONGO
Artículo único. El precio público por la venta de la publicación relacionada en el Anexo queda fijado en la cuantía que en el mismo se indica.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de enero de 1998
ISAIAS PEREZ SALDAÑA
Consejero de Asuntos Sociales
ANEXO
Título: La adopción en Andalucía.
Precio: 2.526 ptas.
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