Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 21/11/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 5 de octubre de 1998, por la que se autoriza la enajenación mediante subasta pública de cuatro viviendas de los bienes de propios del Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto (Sevilla).

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El Pleno del Ilmo. Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto (Sevilla), en sesión celebrada el día 30 enero de 1997, aprobó por mayoría absoluta la enajenación mediante subasta pública de cuatro viviendas pertenecientes a los bienes de propios de la citada Corporación.

La legislación a tener en cuenta para el examen de las referidas actuaciones está representada por los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; artículos

109.1, 112.1, 113, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora los bases del Régimen Local; Ley 6/1983, de

21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.

El importe de la enajenación asciende a 7.350.000 ptas. cada vivienda, y el importe total de los recursos ordinarios del Presupuesto vigente es de 29.218.720 ptas., lo cual permite apreciar que la cuantía de enajenación excede del 25% de los recursos ordinarios, lo que requiere que dichos bienes no puedan enajenarse sin autorización previa del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto (Sevilla) a que enajene cuatro viviendas de sus bienes de propios, cuyas descripciones son las siguientes:

Primera. Urbana. Solar sito en San Nicolás del Puerto, con entrada con la calle Galindón, sin número de gobierno. Ocupa una superficie de ciento treinta metros cuadrados. Linda: Por la derecha de su entrada con la finca que se describe a continuación; por la izquierda con el camino de acceso a la finca de Antonio Barrada Boza, y por el fondo con finca de Antonio Barrada Boza.

Valor: Se valora en 7.350.000 pesetas.

Segunda. Urbana: Solar sito en San Nicolás del Puerto, con entrada con la calle Galindón, sin número de gobierno. Ocupa una superficie de ciento treinta metros cuadrados. Linda: Por la derecha de su entrada con la finca que se describe a continuación; por la izquierda con la anteriormente descrita, y por el fondo con finca de Antonio Barrada Boza. Valor: Se valora en 7.350.000 pesetas.

Tercera. Urbana: Solar sito en San Nicolás del Puerto, con entrada con la calle Galindón, sin número de gobierno. Ocupa una superficie de ciento treinta metros cuadrados. Linda: Por la derecha de su entrada con la finca que se describe a continuación; por la izquierda con la anteriormente descrita, y por el fondo con finca de Antonio Barrada Boza. Valor: Se valora en 7.350.000 pesetas.

Cuarta. Urbana: Solar sito en San Nicolás del Puerto, con entrada con la calle Galindón, sin número de gobierno. Ocupa una superficie de ciento treinta metros cuadrados. Linda. Por la derecha de su entrada con finca propiedad del Excmo. Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto; por la izquierda con la anteriormente descrita, y por el fondo con finca de Antonio Barrada.

Valor: Se valora en 7.350.000 pesetas.

En cada uno de los solares descritos se ha construido una vivienda unifamiliar con una superficie construida de 120 m¯.

Segundo. El producto de las enajenaciones habrá de destinarse a la financiación de gastos de inversión.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería, de conformidad con el artículo

110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de octubre de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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