Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 01/12/1998

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

ACUERDO de 11 de noviembre de 1998, de la Mesa de la Cámara, sobre convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.

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La Mesa del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 1998,

HA ACORDADO

Convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.

Asimismo, aprueba las bases de la convocatoria, las cuales regularán la presente oposición y que se establecen como sigue

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas de acceso libre, para cubrir catorce plazas por el sistema de concurso-oposición libre, del Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía (ujieres, reprógrafos y telefonistas).

Dichas pruebas se regirán por las bases de la presente convocatoria y en lo no previsto demás normas vigentes de aplicación.

Del total de plazas convocadas se reservará un cupo de una plaza para ser cubierta entre personas cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%. Si la plaza del cupo de reserva de discapacitados no se cubre, se incorporará automáticamente al sistema general de acceso libre.

1.2. El nombramiento en el marco del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía conferirá a los seleccionados, a todos los efectos, el carácter de funcionarios de carrera del Parlamento de Andalucía desde la fecha de la toma de posesión, sin perjuicio de lo establecido en la base 9.1.

1.3. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen, cuya tasa se devengará en el momento de la solicitud de inscripción en la convocatoria, efectuando el ingreso de su importe previo a la misma, debiendo acreditar tal circunstancia en el momento de su presentación en los registros que, en cada caso, se utilicen. La acreditación se realizará aportando copia del justificante de ingreso o transferencia efectuados en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante deberán necesariamente constar nombre, apellidos y NIF del aspirante. La tasa aplicable a la presente convocatoria, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de la Mesa del Parlamento de 11 de febrero de 1998, es de 1.532 pesetas.

Tal cantidad deberá abonarse al Parlamento de Andalucía, en la cuenta de la Caja Postal cuyos datos son los siguientes: Entidad: 1302, Sucursal: 4092, D.C.: 93, Núm. c/c: 0021642823. El ingreso se hará bien directamente en cualquiera de las sucursales de la Caja Postal, bien por transferencia bancaria, siendo los gastos de transferencia bancaria por cuenta de la persona que la realiza.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

1.4. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos solicitantes que acrediten su condición de minusválidos en un grado igual o superior al 33%.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, o equivalente, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que impidan el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

f) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención la base 1.3 anterior.

2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo queda señalado como Anexo IV, que será facilitado por los Servicios Generales del Parlamento de Andalucía, indicando el Cuerpo al que aspiran, nombre y apellidos del aspirante, DNI, fecha de nacimiento, domicilio, titulación que le acredita para tomar parte en las citadas pruebas selectivas y centro de expedición de la misma, declaración de reunir los requisitos exigidos en la Base Segunda, así como cualquier otro requisito exigido por la presente convocatoria.

3.2. Las instancias se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos, antes de ser

certificadas.

3.3. Acompañando al modelo de instancia se adjuntará

debidamente grapada a la solicitud fotocopia del Documento Nacional de Identidad, y la documentación acreditativa del abono de la tasa o de tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

3.4. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha convocatoria se publicará, además, en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

3.5. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud. A estos efectos, en el espacio del modelo de instancia titulado «otros datos a consignar¯, se hará constar esta circunstancia, el grado de minusvalía, así como solicitud de posible adaptación de tiempo y medios para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de candidatos.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Mesa del Parlamento aprobará las listas de aspirantes admitidos y excluidos, las cuales se harán públicas en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía y se anunciarán en el BOPA y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en las que constarán: Nombre y apellidos de los candidatos, número del DNI, así como las causas de su no admisión en la relación de excluidos.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.3. Los interesados podrán interponer la correspondiente reclamación, ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, contra la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en el plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al del anuncio de su publicación en el BOJA.

4.4. Transcurrido el plazo anterior y examinadas las

reclamaciones, la Mesa del Parlamento de Andalucía aprobará los listados definitivos de aspirantes admitidos que se expondrán en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Andalucía. El acuerdo de aprobación de estas listas se publicará en el BOJA y en el BOPA, señalándose el lugar de celebración, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.

4.5. Publicado el acuerdo a que se refiere el apartado

anterior, el Tribunal hará pública la valoración provisional de los méritos alegados en la fase de concurso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días para presentar alegaciones respecto a dicha valoración provisional. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal publicará la relación de aspirantes con la valoración definitiva de sus méritos.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas de ingreso, será el que figura en el Anexo I de este Acuerdo.

5.2. En caso de empate en los acuerdos que deba adoptar el Tribunal Calificador, el Presidente tendrá voto de calidad.

5.3. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

Una vez constituido el Tribunal Calificador, en caso de ausencia temporal del Presidente, sus funciones serán asumidas por quien ejerza de vocal primero.

5.4. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguna de las

circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo mencionado.

5.5. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Andalucía.

5.6. El Tribunal Calificador queda facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo, en todo lo no previsto en las presentes bases.

5.7. El Tribunal Calificador podrá recabar asesoramiento de personas con especial conocimiento en las materias que sean objeto de cada ejercicio.

Esto no obstante, la Mesa de la Cámara podrá designar

funcionarios que colaboren temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que les atribuya el Tribunal. Estos funcionarios estarán adscritos al Tribunal y ejercerán sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste les curse al efecto.

5.8. Las Centrales Sindicales, con representación en el Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía, podrán proponer el nombramiento de un representante ante el Tribunal Calificador.

6. Desarrollo.

6.1. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos que se relacionan en el baremo que se establece en el Anexo III.

La puntuación máxima a obtener en esta fase de concurso será de

40 puntos.

Los méritos alegados y acreditados deberán referirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. No obstante lo anterior, en cuanto a la experiencia profesional, sólo se valorarán los méritos relativos a los 10 años

inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Los aspirantes cumplimentarán el Anexo V, que adjuntarán a su solicitud, en el que procederán a la autobaremación de sus méritos según el baremo establecido en esta convocatoria.

Los méritos se valorarán si son alegados, constan en la autobaremación practicada y se justifican documentalmente mediante la aportación de fotocopia bajo el texto «es copia del original¯, suscrito por el solicitante, que se responsabiliza de su veracidad. Los aspirantes acreditarán la experiencia profesional, aportando, además, certificado de cotizaciones a la Seguridad Social donde consten los períodos de cotización.

La experiencia profesional desarrollada en puesto de trabajo incluido en la Relación de Puestos de Trabajo del Parlamento de Andalucía podrá acreditarse mediante certificación expedida por el Servicio de Asuntos Generales y Gestión de Personal del Parlamento de Andalucía.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios de carácter eliminatorio:

Primero. Consistirá en contestar a un cuestionario con

respuestas alternativas, referido al programa de materias que se incluye como Anexo II de esta convocatoria.

Segundo. Consistirá en la realización de un ejercicio

práctico adecuado a las funciones propias del Cuerpo al que se aspira.

El primer ejercicio se calificará de cero a sesenta puntos. El segundo, de cero a cuarenta. Será preciso para superar el primer ejercicio obtener un mínimo de treinta puntos, y para superar el segundo un mínimo de veinte.

La calificación final vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de las

obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición. En cualquier caso, los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

6.3. El Tribunal quedará facultado para determinar el nivel mínimo que en cada una de las pruebas posibilita la obtención de las calificaciones mencionadas en la base 6.2.

6.4. En caso de empate entre dos o más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación de los ejercicios por orden inverso al de su celebración, y en caso de persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor edad del opositor.

6.5. La fecha de realización de los ejercicios será publicada en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía, al menos con siete días naturales de antelación.

6.6. Los opositores serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

6.7. En cualquier momento, el Tribunal Calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.8. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, de acuerdo con la base 3.5, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal

Calificador.

7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes

seleccionados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios, así como la puntuación obtenida en la fase de concurso.

7.2. La lista de aspirantes que han superado las pruebas selectivas no podrá superar, en ningún caso, el número de plazas convocadas, siendo nulo de pleno derecho cualquier acuerdo del Tribunal que contravenga este límite.

El Tribunal Calificador propondrá, a la Mesa, los nombres de los aspirantes aprobados, para su nombramiento como

funcionarios del Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación de la lista de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio.

c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos, cualquiera que sea su grado de minusvalía, deberán presentar certificado de los órganos competentes de cualquier

Administración Pública que acrediten tal condición, especifique el grado de minusvalía que padece y su capacidad para

desempeñar las tareas que correspondan a las plazas de esta convocatoria.

8 2. Ante la imposibilidad de presentar los documentos

expresados en el párrafo anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

8.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación señalada anteriormente, o del examen de ésta se dedujera que carecen de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no pondrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa del Parlamento ordenará la publicación en el BOPA y en el BOJA del nombramiento de los aprobados como funcionarios en prácticas del Parlamento de Andalucía. El nombramiento

definitivo procederá, una vez concluido el período provisional, de conformidad con el artículo 8 del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía.

9.2. En el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del nombramiento de la Mesa en el BOJA, los interesados deberán tomar posesión de sus plazas.

Se entenderá que renuncian a los derechos derivados de las actuaciones del concurso-oposición quienes no tomen posesión en el plazo señalado.

10. Norma final.

Las pruebas selectivas a que se refiere la presente

convocatoria se realizarán a partir de diciembre de 1998 y finalizarán antes del primer trimestre del año 2000.

Sevilla 11 de noviembre de 1998.- El Letrado Mayor, José A. Víboras Jiménez.

ANEXO I

Tribunal de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía

Titulares:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Petronila Guerrero Rosado.

Vocal 1º: Ilmo. Sr. don José Antonio Víboras Jiménez.

Vocal 2º: Sr. don José Borrero Reina.

Vocal 3º: Sra. doña Carmen Jiménez Rodríguez.

Secretario: Ilmo. Sr. don Vicente Perea Florencio.

Suplentes:

Presidente: Ilmo. Sr. don Manuel López Calvo.

Vocal 1º: Ilmo. Sr. don Javier Terrón Montero.

Vocal 2º: Sr. don José Miguel Valverde Cuevas.

Vocal 3º: Sr. don Juan Ignacio Arnaud Rabinal.

Secretaria: Ilma. Sra. doña Carmen Noguerol Rodríguez.

ANEXO II

PROGRAMA DE MATERIAS

Tema 1. Historia constitucional española. La Constitución española de 1978.

Tema 2. Los poderes del Estado. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial.

Tema 3. Las Comunidades Autónomas. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto de Autonomía.

Tema 4. El Parlamento de Andalucía: Composición y funciones. Los órganos del Parlamento de Andalucía: Su funcionamiento. El Defensor del Pueblo Andaluz y la Cámara de Cuentas de

Andalucía.

Tema 5. Historia General de España: De sus orígenes a la actualidad.

Tema 6. Historia Universal: Períodos y acontecimientos más relevantes.

Tema 7. Geografía física y política de España.

Tema 8. Geografía física y política universal.

Tema 9. Lengua y Literatura Españolas.

ANEXO III

BAREMO APLICABLE

1. Experiencia profesional.

a) Experiencia profesional en puestos de trabajo incluidos en la relación de puestos de trabajo del Parlamento de Andalucía, de contenido similar al que desempeñan los funcionarios de carrera del Cuerpo al que se opta: 0,4 puntos por mes completo.

b) Experiencia profesional en puestos de trabajo de contenido similar a los propios del Cuerpo al que se aspira, desempeñados dentro de las Administraciones Públicas, no contemplados en el apartado anterior: 0,2 puntos por mes completo.

c) Experiencia profesional en puestos de trabajo de contenido similar a los propios del Cuerpo al que se aspira, desempeñados fuera del ámbito de las Administraciones Públicas: 0,1 punto por mes completo.

Conforme a lo determinado en la base sexta, sólo se valorarán los méritos relativos a los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

2. Nota media de la titulación exigida en la base 2.1.c) de la convocatoria:

- Nota media de Sobresaliente: 5 puntos.

- Nota media de Notable: 2 puntos.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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