Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 01/12/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 6 de noviembre de 1998, del Instituto de Estadística de Andalucía, sobre composición de la Mesa de Contratación del Organismo Autónomo.

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La Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, entre las medidas adoptadas para garantizar la mayor objetividad y transparencia en la contratación administrativa, ha venido a reforzar la consideración de las Mesas de Contratación como órganos de asistencia al de contratación, siendo preceptiva su actuación en todos los procedimientos y formas de adjudicación de los contratos administrativos.

Conforme a lo dispuesto en el art. 82 de la citada Ley, desarrollado por el art. 22 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, la Mesa de Contratación estará constituida por un Presidente, un mínimo de tres vocales y un Secretario, designados por el órgano de contratación, debiéndose publicar su composición en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía cuando tenga carácter permanente.

Por ello, con el fin de atender a las nuevas necesidades planteadas, resulta conveniente establecer con carácter permanente la composición de la Mesa de Contratación en este Organismo Autónomo.

En su virtud, de conformidad con las disposiciones citadas y en relación con las facultades que me confieren la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 26/1990, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Estadística de Andalucía,

RESUELVO

Primero. La Mesa de Contratación del Instituto de Estadística de Andalucía, que asistirá con carácter permanente al Organo de Contratación para la adjudicación de contratos, tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: La Secretaria General. En caso de ausencia, será suplida por el Jefe de Servicio de mayor antigüedad en el Organismo Autónomo.

b) Vocales:

1. El Jefe del Servicio de Difusión y Síntesis Estadística. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

2. El Jefe de Informática. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

3. El Jefe del Gabinete Técnico. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

4. El Jefe del Servicio de Estadísticas Económicas. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

5. El Jefe del Servicio de Estadísticas Demográficas y Sociales. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

6. El Asesor Técnico de Planificación. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por la Secretaría General.

7. El Interventor Delegado en el Instituto de Estadística de Andalucía.

8. Un representante del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

c) Secretario: El Jefe de la Sección de Administración

General y Personal. En caso de ausencia, podrá actuar como tal el responsable del Negociado de Contratación.

Segundo. El Presidente podrá designar, en función de la naturaleza del contrato, los funcionarios técnicos que estime procedente a efectos de asesoramiento, que participarán con voz pero sin voto.

Tercero. Para la válida constitución de la Mesa de

Contratación se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario, o en su caso de quienes les sustituyan, y de al menos cuatro de los Vocales que la constituyen.

Cuarto. Queda sin efecto la Resolución de este Instituto de 6 de mayo de 1996, por la que se designa con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación del Instituto de Estadística de Andalucía.

Quinto. La presente Resolución comenzará a surtir efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de noviembre de 1998.- El Director, Gaspar J. Llanes Díaz-Salazar.

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