Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 01/12/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica propuesta de resolución de expediente sancionador, seguido a don Antonio Saavedra Dávila por supuesta infracción a la normativa vigente sobre espectáculos taurinos. (Expte. SAN/ET-31/98-SE).

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Examinadas las diligencias instruidas por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos taurinos que motivaron el inicio del procedimiento sancionador acordado el pasado 3 de junio contra don Antonio Saavedra Dávila, y sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Visto el informe elaborado por el Delegado Gubernativo y la Presidencia del espectáculo taurino celebrado en la plaza de toros de la Real Maestranza de Caballería de Sevilla el pasado 27 de abril, fue acordada la iniciación del presente expediente sancionador contra don Antonio Saavedra Dávila, en el que le fue imputado el siguiente hecho:

Tapó deliberadamente la salida natural del segundo toro de la tarde al dar la primera vara.

Segundo. En la tramitación del procedimiento sancionador han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias, sin que el interesado haya realizado alegaciones al acuerdo de iniciación en el plazo concedido para ello.

HECHOS PROBADOS

Del examen del expediente y de la documentación incorporada al mismo quedan probados los hechos relatados en el antecedente primero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El hecho descrito supone una infracción del artículo 72.4 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta grave en el artículo 15.k) de la Ley

10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Se propone que se sancione con una multa de cuarenta mil (40.000 ptas.), de acuerdo con los artículos 18 y 20 de la Ley

10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, en relación con el artículo

95 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Asimismo, se inicia un plazo de quince días, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento aprobado por el Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia durante el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente en el que constan los siguientes documentos: Informe del espectáculos y acuerdo de iniciación.

Sevilla, 3 de septiembre de 1998.- La Instructora, Concepción Ibáñez Valdés.

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