Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 03/12/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica propuesta de resolución de expediente sancionador, seguido a don Benito Vega Espino por supuesta infracción a la normativa vigente sobre espectáculos taurinos. (Expte. SAN/ET- 8/98-SE).

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Examinadas las diligencias instruidas por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos taurinos que motivaron el inicio del procedimiento sancionador acordado el pasado 1 de junio contra don Mateo Filigrana García, y sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Vista el acta de incautación de localidades de espectáculos taurinos instruida el pasado 3 de mayo por funcionarios del Equipo de Espectáculos de la Unidad de Policía adscrita a la Dirección General de Política Interior, fue acordada la iniciación del presente expediente sancionador contra don Mateo Filigrana García.

Segundo. En la tramitación del procedimiento sancionador han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias, sin que el interesado haya realizado alegaciones al acuerdo de iniciación en el plazo concedido para ello.

HECHOS PROBADOS

Queda probado el hecho de que al interesado le fueron incautadas a las 17,00 horas del día 3 de mayo del presente año cuatro localidades para el espectáculo taurino celebrado ese mismo día en la plaza de toros de la Real Maestranza, las cuales estaban siendo expendidas sin la preceptiva autorización en la calle Paseo Colón, de esta localidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El hecho descrito supone una infracción de los artículos 35.1 y 36 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta grave en el artículo 15.n) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre Potestades Administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Se propone que se sancione con multa de cuarenta mil (40.000 ptas.) de acuerdo con los artículos 18 y 20 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, en relación con el artículo 95 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Asimismo, se inicia un plazo de quince días, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento aprobado por el Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia durante el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente en el que constan los siguientes documentos: Acta de incautación de entradas y acuerdo de iniciación.

Sevilla, 14 de julio de 1998.- La Instructora, Concepción Ibáñez Valdés.

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