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Habiéndose acreditado el interés social de su finalidad y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de la facultad que se atribuye a los titulares de las Consejerías por el artículo 104 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 107 del mismo cuerpo legal, se ha acordado conceder al Ayuntamiento de Motril una subvención por importe de
7.000.000 de pesetas, con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 01.21.00.18.463.00.22B.0 con el fin de llevar a cabo el Programa para la atención de familias desfavorecidas y en situación de riesgo social.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sevilla, 30 de octubre de 1998.- La Directora General, Leonor Rojo García.