Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 17/12/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica Resolución incoado a don Manuel Benjumea Ordóñez del expediente sancionador núm. SAN/ET-64/97-SE.

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Examinado en esta Delegación del Gobierno el expediente sancionador de referencia seguido a don Manuel Benjumea Ordóñez, con domicilio en la calle Telescopio, número 102, de Sevilla, y sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES

I

Mediante denuncia formulada por la Asociación Andaluza para la Defensa de los Animales (ASANDA) contra don Manuel Benjumea Ordóñez y las averiguaciones realizadas por este Centro, con fecha 10 de julio de 1997 fue dictado acuerdo de iniciación del expediente sancionador, en el que le fue imputado que en el establecimiento denominado «Un poquito de Compás¯, sito en la calle Bailén, núm. 41, de Alcalá de Guadaira, propiedad del expedientado, durante diferentes momentos del verano del 96, se soltó una vaquilla que era toreada por los asistentes, sin autorización administrativa de esta Delegación.

I I

El día 17 de octubre de 1997 se dictó la propuesta de resolución, habiendo tenido entrada el día 17 de noviembre del mismo año las alegaciones del interesado.

I I I

El día 1 de diciembre de 1997 se acuerda la apertura de un período probatorio, en el que se solicitó informe al Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira en cuanto a la autorización por su parte de dicho espectáculo taurino y se rechazó en relación a las declaraciones testificales propuestas, toda vez el expedientado ha admitido que «la vaquilla efectivamente se soltó¯.

HECHOS PROBADOS

Del examen del expediente y de la documentación incorporada al mismo resultan probados los hechos relatados en el antecedente primero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de espectáculos públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en esta materia se realizó por el Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, y por el Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, se asignan a la Consejería de Gobernación y Justicia dichas funciones y servicios.

I I

Los hechos constituyen infracción del artículo 26 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, tipificados como falta grave en el artículo 15.p) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y sancionables conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de dicha Ley 10/1991 y 95 del Reglamento.

Las alegaciones realizadas por el interesado a la propuesta de resolución no pueden ser admitidas, toda vez que el establecimiento en el que se estuvo desarrollando el

espectáculo es de su propiedad, sin que, según el informe evacuado por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira al que se ha hecho mención, haya constancia de que el mismo se hubiera informado o autorizado «no apareciendo dato alguno relativo a este asunto en el Registro General de salida de la

Corporación¯. Por tanto, tampoco puede otorgarse credibilidad alguna al documento aportado a nombre de la Escuela Taurina de dicha localidad.

Vistos los textos legales citados y demás normativa de

general aplicación, esta Delegación del Gobierno ha resuelto sancionar a don Manuel Benjumea Ordóñez con trescientas veinticinco mil pesetas (325.000 ptas.) de multa, conforme a lo dispuesto en el artículo 18.1.a) de dicha Ley 10/1991, de 4 de abril, y 95 del Reglamento aprobado por el Real Decreto

145/1996, de 2 de febrero.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de

Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de septiembre de 1998.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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