Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 17/12/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica Propuesta de Resolución incoado a don Raúl Aranda Pérez del expediente sancionador núm. SAN/ET-30/98-SE.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinadas las diligencias instruidas por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos taurinos que motivaron el inicio del procedimiento sancionador acordado el día 3 de junio de 1998 contra don Raúl Aranda Pérez, y sobre la base de los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

Primero. Visto el informe elaborado por el Delegado Gubernativo del espectáculo taurino celebrado el día 19 de abril del presente año en la plaza de toros de la Real Maestranza de Caballería de Sevilla, fue acordada la iniciación del presente expediente sancionador contra don Raúl Aranda Pérez, banderillero de la cuadrilla de Pablo Hermoso de Mendoza, por empapar a la res con el capote, provocando el choque contra el burladero, sin que la acción causara merma alguna en las facultades de la res corrida en quinto lugar.

Segundo. En la tramitación del procedimiento sancionador han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias, no habiendo presentado el interesado alegaciones al acuerdo de iniciación en el plazo concedido para ello.

HECHOS PROBADOS

De la documentación obrante en el expediente queda probado el hecho relatado en el antecedente primero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El hecho descrito supone una infracción del artículo 71.3 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de espectáculos taurinos, tipificado como falta leve en el citado artículo y en el artículo 14 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Se propone que se sancione con multa de quince mil pesetas (15.000 ptas.), de acuerdo con los artículos 17 y 20 de la Ley

10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, en relación con el artículo

95 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Asimismo, se inicia un plazo de quince días, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento aprobado por el Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia durante el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente en el que constan los siguientes documentos: Acta de finalización del festejo y acuerdo de iniciación.

Sevilla, 4 de noviembre de 1998.- La Instructora, Concepción Ibáñez Valdés.

Descargar PDF