Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Encontrándose en tramitación el expediente para declaración de Zona Arqueológica como Bien de Interés Cultural a favor del yacimiento Mesas de Asta, Jerez de la Frontera (Cádiz), cuya delimitación literal y gráfica se adjunta en Anexo aparte, se ha acordado en consideración al estado en que se encuentran las actuaciones y conforme a lo dispuesto en el apartado primero.2 de la Resolución de 4 de mayo de 1998, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico en las Delegaciones Provinciales (BOJA núm. 61, de 2 de junio), abrir un período de información pública. A tal efecto se procede a publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que de acuerdo con el artículo 9.2 de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del presente acuerdo, cuantos tengan interés en el mismo puedan alegar lo que estimen conveniente en orden a la declaración que se pretende, a cuyo fin, el expediente en cuestión estará de manifiesto en la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, en Cádiz, C/ Isabel la Católica, núm. 13, de nueve a catorce horas.
Cádiz, 26 de noviembre de 1998.- La Delegada, Josefa Caro Gamaza.
ANEXO
Delimitación literal
Zona Arqueológica.
Justificación de la delimitación: La delimitación propuesta describe una figura poligonal que cierra un conjunto de elevaciones o mesas individualizado por la presencia a su alrededor de las antiguas marismas de la margen izquierda del Guadalquivir: Al Oeste y al Sur, las marismas de Las Mesas y Tabajete, y al Este, las marismas de Rajaldabas. El conjunto no supera la cota de los 76 m.s.n.m. El criterio seguido para la delimitación combina los rasgos geográficos descritos con la existencia de restos arqueológicos en superficie y en las excavaciones arqueológicas.
La carretera CA-610 Jerez-Trebujena atraviesa de Norte a Sur la Zona Arqueológica, en la que quedan incluidos los cortijos de El Rosario, La Mariscala, El Palomar y la barriada rural de Las Mesas de Asta.
Descripción.
La delimitación se ha realizado sobre el Plano Topográfico de Andalucía, escala 1:10.000, hojas (1048) 1-1 y 1-2, y (1047) 4-
2.
La Zona Arqueológica queda delimitada por un polígono formado por 17 vértices, cuyas coordenadas UTM son las siguientes:
1. 751.435 4.075.780
2. 751.800 4.076.070
3. 752.070 4.076.290
4. 752.130 4.076.625
5. 752.410 4.076.840
6. 752.548 4.076.850
7. 752.620 4.076.860
8. 752.748 4.076.870
9. 752.917 4.076.368
10. 752.690 4.075.300
11. 752.798 4.075.188
12. 752.640 4.074.845
13. 752.140 4.074.720
14. 751.911 4.074.410
15. 751.757 4.074.340
16. 751.472 4.074.390
17. 751.318 4.075.068
Las líneas rectas que separan los vértices continuos tienen las siguientes longitudes:
1-2: 480 m.
2-3: 350 m.
3-4: 345 m.
4-5: 365 m.
5-6: 120 m.
6-7: 110 m.
7-8: 125 m.
8-9: 525 m.
9- 1.145 m.
10-11: 160 m.
11-12: 380 m.
12-13: 515 m.
13-14: 370 m.
14-15: 175 m.
15-16: 285 m.
16-17: 680 m.
17-1: 720 m.
Entorno de la Zona Arqueologica.
Justificación de la delimitación: Los criterios seguidos para la delimitación del entorno de Mesas de Asta han estado marcados por los trabajos de prospección arqueológica
desarrollados durante 1992, que permitieron localizar varias necrópolis y varias «villae¯ en los sectores Este y Oeste del yacimiento, por debajo de la cota de los 50 m. Al Este son dos de las «villae¯ identificadas, una prerromana y la otra romana, ambas junto a la Vía Augusta.
El entorno de la Zona Arqueológica se define mediante una figura poligonal cuyos vértices (9 en total) tienen las siguientes coordenadas UTM:
18. 752.125 4.077.245
19. 752.835 4.077.350
20. 753.360 4.077.030
21. 753.390 4.075.542
22. 753.357 4.075.068
23. 752.957 4.074.700
24. 751.798 4.073.965
25. 751.235 4.074.245
26. 751.912 4.075.250
Las líneas rectas que unen los vértices contiguos del
polígono tienen las siguientes longitudes:
18-19: 720 m.
19- 620 m.
20-21: 1.300 m.
21-22: 490 m.
22-23: 530 m.
23-24: 1.360 m.
24-25: 615 m.
25-26: 1.030 m.
26-18: 2.345 m.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Descargar PDF