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Advertido error en la Orden de referencia, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
En la página núm. 14.015, Anexo 3, apartado VIII, donde dice: «Por mes de servicio como facultativo en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social o Adminitración Sanitaria Central o Autonómica (máx. 2)... 0,15¯, debe decir: «Por mes de servicio como facultativo en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social o Administración Sanitaria Central o Autonómica (máx. 2)... 0,05¯.
Sevilla, 3 de diciembre de 1998
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