Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 22/12/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 253/1998, de 10 de diciembre, por el que se adecua la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia y se integra y adscribe a la misma al personal transferido a la Comunidad Autónoma por el Real Decreto que se cita.

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Al objeto de aplicar el Real Decreto 141/1997, de 31 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de provisión de medios personales al servicio de la Administración de Justicia, se aprobó el Decreto 264/1997, de

11 de noviembre, por el que se adecua la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia, y se integra y adscribe a puestos de la misma a personal transferido a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto que se cita.

Mediante dicho Decreto quedó integrado en los cuerpos propios de la Función Pública andaluza y en las categorías profesionales del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía el personal funcionario y el personal laboral correspondiente procedente del Parque Móvil Ministerial.

Con el mismo objetivo, una vez creadas y definidas las nuevas categorías profesionales específicas del personal laboral, se procede por el presente Decreto a la integración del resto del personal laboral al servicio de la Administración de Justicia que se traspasa a la Comunidad Autónoma andaluza por el antedicho Real Decreto y a su adscripción a la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia, la cual se adecua en el presente Decreto para dicho fin.

Por otra parte, debido a la naturaleza del servicio que prestan, a los puestos a los que han sido adscritos el personal funcionario y el personal laboral procedentes del Parque Móvil Ministerial se les modifica su asignación desde las Delegaciones del Gobierno-Junta de Andalucía a los Servicios de Apoyo de la Administración de Justicia.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley

9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía y la Mesa Sectorial de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública Andaluza, y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de

10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 diciembre de 1998,

DISPONGO

Artículo 1. Adecuación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y Justicia.

La relación de puestos de trabajo de la Consejería de Gobernación y Justicia queda modificada en los términos expresados en el Anexo 1 de este Decreto.

Artículo 2. Integración y adscripción del personal laboral transferido.

El personal laboral relacionado en el Anexo 2 de este Decreto queda integrado de acuerdo con lo indicado en el mismo en los grupos y las categorías profesionales del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Andalucía, y adscrito a los puestos de trabajo relacionados en dicho Anexo.

Disposición transitoria única. Situaciones administrativas. El personal laboral de la Administración de Justicia,

transferido por el Real Decreto 141/1997, de 31 de enero, integrado y adscrito en el presente Decreto, que se encuentra en situación administrativa distinta a la de activo permanecerá en la misma situación administrativa con respecto a la

categoría profesional en la que se integra.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, de acuerdo con el procedimiento establecido.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, con efectos económicos de 1 de enero de 1998.

Sevilla, 10 de diciembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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