Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/12/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 3 de diciembre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 2608/1994, interpuesto por don Francisco José Pérez Brinkmann.

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En el recurso contencioso-administrativo número 2608/1994, interpuesto por don Francisco José Pérez Brinkmann, contra la Resolución de 19 de mayo de 1994, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de 2 de noviembre de

1993, dictada por la Delegación Provincial de Granada de dicha Consejería, por la que se acordó dar por terminado y cancelado el expediente relativo a la solicitud de concesión de explotación derivada del permiso de investigación «Entre Peñas¯ núm. 30.077, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada ha dictado Sentencia con fecha 10 de marzo de 1997, que es firme, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Que debe desestimar y desestima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Fabio Sánchez Oliveros, en nombre y representación de don Francisco José Pérez Brinkmann, contra la Resolución dictada en fecha 19 de mayo de 1994, por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de fecha 2 de noviembre de 1993, de la Delegación Provincial en Granada de dicha Consejería, que acordó la cancelación del expediente tramitado en virtud de la solicitud de concesión de explotación derivada del permiso de investigación "Entre Peñas" núm. 30.007, por ser conformes a Derecho las referidas resoluciones impugnadas que, en consecuencia, se confirman; sin expreso pronunciamiento en costas¯.

Con fecha 3 de noviembre de 1997 el Secretario de la Sala certifica que el Tribunal Supremo, resolviendo el recurso de casación entablado en su día contra la anterior sentencia, ha dictado Auto con fecha 29 de septiembre de 1997, por el cual se declara desierto el recurso deducido y confirma en consecuencia la sentencia dictada por esta Sala, habiéndose declarado por este Tribunal la firmeza en derecho de ésta con fecha de hoy, acordando además llevarla a puro y debido efecto.

En virtud de lo establecido en los artículos 2.5 de la Orden de 8 de julio de 1996, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 3 de diciembre de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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