Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 19/02/1998

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre la Resolución del expediente sancionador núm. 49/96.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y una vez intentada, sin efecto, la notificación al interesado de la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Pesca, de 3 de julio de 1997, a don Juan Rodríguez Dacosta, se dispone su publicación, transcribiéndose a continuación su texto íntegro.

«Resolución de 3 de julio de 1997.

Visto el expediente sancionador núm. 49/96, instruido por la Delegación Provincial de esta Consejería en Huelva contra don Juan Rodríguez Dacosta, como armador y patrón de la embarcación nombrada "Méndez Ortz", por presunta infracción a la Ley 53/82, de 13 de julio, de pesca marítima, y atendiendo a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º Que con fecha 11 de julio de 1995 se levanta acta de inspección contra el citado buque por los siguientes hechos: Faenar al marisqueo con rastro remolcado en zona prohibida (zona de cría y engorde).

2º El Acuerdo de Iniciación del Procedimiento se formaliza el 31 de mayo de 1996, y tras un intento fallido de su notificación -mediante Carta Certificada-, se anuncia en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lepe en el período comprendido entre el 5 de julio de

1996 y el 9 de agosto de 1996; al mismo tiempo se realiza su publicación en el BOP de la Provincia de Huelva con fecha 6 de agosto de 1996, siendo ambos intentos de notificación igualmente infructuosos.

Vistos la Ley 53/1982, de 13 de julio, de pesca marítima, la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC); el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (RP) aprobado por el Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, y demás disposiciones concordantes y de aplicación y considerando los siguientes:

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. La existencia de imputación de infracción administrativa grave determina la competencia para la resolución del expediente del Director General de Pesca de la Junta de Andalucía, en atención a lo dispuesto en el art.º del Decreto 35/97, de 11 de febrero (BOJA núm.

20, de 10-3-87).

Segundo. Examinadas las actuaciones obrantes en el expediente, se observa que la notificación al encausado del Acuerdo de Iniciación del Procedimiento no se ha practicado en el plazo de dos meses previsto en el art. 6º del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, entrándose en el supuesto de hecho que obliga al archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que de no haberse producido la prescripción de las infracciones denunciadas, pueda acordarse la iniciación de un nuevo procedimiento sancionador notificado en plazo legal.

Por todo ello, resuelvo: Ordenar el archivo del expediente sancionador núm. 49/96, incoado a don Juan Rodríguez Dacosta. Contra la presente Resolución y de acuerdo con lo establecido en los arts. 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su notificación. El Director General de Pesca. Fdo.: Francisco Gómez Aracil¯.

Contra la Resolución transcrita, que no es definitiva en vía administrativa, puede el interesado interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca, como se indica al final de la misma.

Huelva, 27 de octubre de 1997.- El Delegado, Domingo Avila Fernández.