Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 24/02/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 10/1998, de 27 de enero, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Cumbres de Enmedio (Huelva), para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal.

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El Ilmo. Ayuntamiento de Cumbres de Enmedio (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 1995, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 153, de 29 de noviembre de 1995, lo elevó a la entonces Consejería de Gobernación para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Córdoba, de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, emitió informe desfavorable en la sesión celebrada el día 27 de junio de 1996, por no considerar la propuesta de escudo suficientemente documentada.

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 4 de septiembre de 1997 aprobó una memoria complementaria adaptándose a lo exigido por la Real Academia de Córdoba, emitiendo la misma informe favorable mediante acuerdo de 30 de octubre de 1997.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se establece el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7 del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de

21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de enero de 1998.

D I S P O N G O

Artículo primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Cumbres de Enmedio (Huelva) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo español. De oro dos llaves nobles puestas en faja y colocadas en palo, la superior con la clave a la diestra mirando al jefe y la inferior con la clave a la siniestra mirando a la campaña, de gules y, en punta, una cabeza de jabalí de sable linguado de gules y las defensas de plata. Al timbre Corona Real cerrada.

Bandera rectangular en la proporción de 11 18. Tejido amarillo con seis bandas rojas y, brochante, una estrecha negra. Centrado y sobrepuesto, el Escudo de Armas local.

Artículo segundo. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 27 de enero de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia