Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 24/02/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 20 de enero de 1998, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el Pliego-tipo de Cláusulas Administrativas Particulares de contrato de aprovechamiento forestal.

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El Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado por Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, dispone en su artículo 100 que la adjudicación o enajenación de los aprovechamientos forestales en monte público se realizará mediante contrato adjudicado y celebrado con arreglo a lo dispuesto en la Ley

13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

El artículo 50 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas establece en su apartado primero que los pliegos de cláusulas administrativas particulares, que incluirán los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato, deberán aprobarse previa o conjuntamente a la autorización del gasto y siempre antes de la perfección y, en su caso, licitación del contrato. En su apartado tercero dispone que el órgano de contratación podrá establecer modelos tipo de pliegos particulares de general aplicación a los contratos de naturaleza análoga.

El artículo 1 de la Orden de 2 de enero de 1997, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se delegan competencias en materia de contratación administrativa, faculta al Viceconsejero a ejercer la competencia de aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y establecer modelos tipo de general aplicación.

En virtud de lo anterior, informado con fecha 9 de enero de 1998 por el Letrado de la Junta de Andalucía Jefe de la Asesoría Jurídica de la Consejería de Medio Ambiente la propuesta de Pliego-tipo de Cláusulas Administrativas Particulares relativo a la contratación de aprovechamientos forestales, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,

HE RESUELTO

Aprobar el Pliego-tipo de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir el contrato de aprovechamiento por procedimiento abierto bajo las formas de concurso y subasta, así como por el procedimiento negociado.

Sevilla, 20 de enero de 1998.- El Viceconsejero, Luis García Garrido.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II

MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA

Don ................................................................, con residencia en............................................................ provincia de....................... calle................................ núm. ............................................según Documento Nacional de Identidad núm. ............... enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de aprovechamiento denominado (1)........................................................... ......................................................................... ...................................................................por el Procedimiento de adjudicación (2)........................................ ofrece llevar a cabo el aprovechamiento, con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas y por la cantidad de (3).......................................................... ............................................................IVA incluido.

(Lugar, fecha y firma del proponente)

(1) Expresar denominación y número del expediente. (2) Indicar el tipo de procedimiento (abierto o negociado) y en caso de abierto, la forma (subasta o concurso).

(3) Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de pesetas que ofrece el proponente para su ejecución.

ANEXO III

JUSTIFICACION DE LA EXENCION DEL PLAZO DE GARANTIA

ANEXO IV

PONDERACION DE LOS CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION POR CONCURSO

- La proposición económica, considerándose con más valor la oferta más alta ................... hasta ...... puntos.

- El alcance y contenido del programa de aprovechamiento, teniendo en cuenta la coherencia técnica y racionalidad de las previsiones consideradas y el grado de conocimiento de los terrenos en que se ejecute el aprovechamiento ...............................................hasta ...... puntos.

- Las características cualitativas y cuantitativas de los equipos, maquinarias, instalaciones y medios personales y auxiliares en función del mejor cumplimiento del contrato .......................hasta ...... puntos.

- Número y grado de cualificación, especialización y experiencia profesional del personal técnico que la empresa se compromete a adscribir a la ejecución del aprovechamiento ..................................hasta ...... puntos.

- Experiencia en la realización de trabajos similares, ejecutados y en ejecución, a satisfacción de la Administración, especialmente en la Comunidad Autónoma de Andalucía ........................hasta ...... puntos.

- Pertenencia a la comunidad rural de la zona de ejecución del aprovechamiento, forma asociativa adoptada por el licitador que suponga mayor rentabilidad económica y social del monte y la reversión de los beneficios a la zona ..................................hasta ...... puntos.

- Los criterios complementarios que, en su caso, se establezcan en el Anexo número V, adjunto al presente Pliego, una vez informados por la Asesoría Jurídica de la Consejería ..............................hasta ...... puntos.

ANEXO V

CRITERIOS COMPLEMENTARIOS PARA LA ADJUDICACION POR CONCURSO

Informados por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía con fecha ..........., los criterios que a continuación se relacionan serán tenidos en cuenta en la adjudicación del contrato, otorgándoseles la ponderación que se indica:

- ( Criterio) ............ hasta ...... puntos.

- ( Criterio) ............ hasta ...... puntos.

Nota: La suma de las ponderaciones de los criterios complementarios debe coincidir con el total establecido en el Anexo IV para este apartado.

ANEXO VI

JUSTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO DE GARANTIA COMPLEMENTARIA PARA RESPONDER DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se estima necesaria la constitución de una garantía complementaria por el porcentaje que figura en el apartado D del Cuadro Resumen de este Pliego por las razones que se relacionan a continuación: