Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 26/2/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 3 de febrero de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por la Consejera resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Andrés Fernando Vílchez Estévez, en representación de Automáticos Las Alpujarras, SL, contra la Resolución que se cita. Expte. sancionador núm. GR-220/95-M.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Andrés Fernando Vílchez Estévez, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a uno de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 11 de enero de 1996 el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Granada dictó Resolución por la que se imponía a la entidad Automáticos Las Alpujarras, S.L., una multa de 100.001 ptas. por considerarla responsable de una falta grave por infracción al art. 31 de la Ley 2/86, de

19 de abril, del juego y apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y al art. 48.1 del Reglamento de máquinas recreativas y de azar.

Segundo. Notificada la Resolución, con fecha 23 de enero de 1996, el interesado presentó escrito de interposición de recurso ordinario en el que solicita la anulación de la Resolución recurrida, el sobreseimiento del expediente o la modificación de la calificación de los hechos, tipificándolos como leves.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

UNICO

Según establece el artículo 114.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la interposición del recurso ordinario será de un mes. Y según lo dispuesto en el art. 48, apartados 2 y 4, de la citada Ley, el cómputo se realiza a partir de la fecha en que tenga lugar su notificación.

A la vista de la fecha de notificación, de 23 de enero de 1996, y de la de presentación del escrito del recurso ordinario, de 27 de febrero de 1996, se constata que éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la Resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación, procede no admitir el recurso ordinario interpuesto fuera de plazo, confirmando la Resolución recurrida.

Contra la presente resolución -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones-, que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Viceconsejero de Gobernación y Justicia, P.D. (Orden 29-7-85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova¯.

Sevilla, 3 de febrero de 1998.- La Secretaria General Técnica, Presentación Fernández Morales.