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En el expediente instruido al efecto por dicha Diputación Provincial se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.
En su virtud al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita del Pabellón Polideportivo «Fernando Portillo¯, propiedad de la Diputación Provincial de Cádiz, al Ayuntamiento de Cádiz, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Diputación Provincial en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 1997, previamente publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm.
259, de 8 de noviembre de 1997, y cuya descripción es la siguiente:
Pabellón Polideportivo «Fernando Portillo¯, sito en C/ Brunete, núm. 2, de Cádiz, con una superficie de 6.095 m¯, cuyos linderos son: Norte, fondo: Fundación Aramburu-Mora; Sur, frente: C/ Brunete; Este, derecha: C/ Ciudad de Santander; Oeste, izquierda: C/ Brunete, núm. 4. Dicho bien figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Cádiz, con los siguientes datos registrales: Tomo 382, Libro 182, Folio 44, Finca 5.143, Inscripción 1ª
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 3 de febrero de 1998
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia