Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 26/2/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 3 de febrero de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Modificación del Plan General de Ordenación de Bailén (Jaén), en las zonas verdes de la Unidad de Ejecución núm. 19.

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Por el Excmo. Ayuntamiento de Bailén (Jaén), se remitió a la Consejería de Obras Públicas y Transportes el expediente de Modificación del Plan General de Ordenación de Bailén (Jaén) de la Unidad de Ejecución núm. 19 que tiene por objeto el traslado y agrupación de dos pequeñas zonas verdes definidas en el Estudio de Detalle que ordena dicha Unidad de Ejecución.

El expediente se aprobó provisionalmente con fecha 3 de octubre de 1996, tramitándose de acuerdo con lo previsto en el artículo 129 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio (en adelante TRLS), en la actualidad Artículo Unico de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (en adelante LRSOU).

La presente Modificación cuenta con informe favorable del Consejero de Obras Públicas y Transportes, de 10 de junio de 1997 y asimismo con Dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía acordado en sesión celebrada el 28 de julio de 1997.

El Artículo Unico de la LRSOU (art. 129 TRLS), establece que la aprobación de este tipo de modificaciones de planeamiento urbanístico, corresponde al órgano ejecutivo superior de naturaleza colegiada de la Comunidad Autónoma, previo informe favorable del Consejero competente por razón de la materia, y del Consejo de Estado u órgano autonómico que corresponda.

El Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen, establece en el artículo 4-1-10º la competencia de esta aprobación en el Consejo de Gobierno previo examen de la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos económicos y la del informe en el Consejero de Obras Públicas y Transportes, artículo 5-2-15º

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, atribuye en su artículo 16º8.d), a este órgano la competencia para la emisión del dictamen en este tipo de modificaciones de figuras de planeamiento urbanístico.

En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes y previo examen de la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de febrero de 1998

A C U E R D A

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Bailén (Jaén), que tiene por objeto el cambio de localización de parte de las zonas verdes definidas en el Estudio de Detalle que ordena la Unidad de Ejecución núm. 19.

Segundo. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994, y se notificará al Ayuntamiento de Bailén y a los interesados.

Contra el presente Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación o, en su caso, notificación, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 58.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y previa comunicación a este Organo, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de febrero de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes