Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 26/2/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 4 de febrero de 1998, por la que se reconoce, e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada Alternativa, de Sevilla.

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería de la Fundación denominada «Alternativa¯, constituida y domiciliada en Sevilla, C/ Eduardo Cano, núm.

12, planta baja.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 25 de marzo de 1997, ante don Manuel Aguilar García, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 669, corregidas con fecha 2 de octubre de 1997, ante el mismo Notario, figurando como fundadores don Juan Blanco López y otros.

Segundo. Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:

a) Promover estudios, investigaciones, debates y publicaciones sobre la problemática social, indagando alternativas que respondan a criterios de solidaridad e igualdad.

b) Fomentar el encuentro, el intercambio y la discusión entre personas y colectivos, por una sociedad más justa y solidaria.

c) Impulsar proyectos y actividades para la inserción social y laboral de las personas más desfavorecidas y marginadas.

d) Contribuir a la formación y educación de personas y colectivos para favorecer su desarrollo personal y social.

e) Organizar todo tipo de actividades para jóvenes y adultos, que fomenten un mayor diálogo intergeneracional.

f) Desarrollar iniciativas diversas que partiendo de la desigualdad entre los sexos, busquen unas relaciones más igualitarias.

g) Profundizar en el estudio sobre la cultura andaluza y su problemática social.

h) Cualesquiera otros fines que el Patronato considere de interés.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por la dotación aportada por los fundadores consistente en dieciséis millones de pesetas (16.000.000 pesetas) que se integran en la siguiente forma:

1. Local comercial sito en calle Eduardo Cano, número, planta baja, de Sevilla, con una superficie de 186,70 decímetros cuadrados. Valorada en doce millones seiscientas mil pesetas (12.600.000 pesetas), propiedad de la propia Fundación.

2. El resto de tres millones cuatrocientas mil pesetas, se aportará por los socios en el plazo de una año a partir de la fecha de 2 de octubre de 1997.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por cuatro miembros, siendo su presidente don Juan Blanco López.

Vistos: La Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Decreto

2930/72, de 21 de julio que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto

3936/82, de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Alternativa¯, con domicilio en C/ Eduardo Cano, núm. 12, planta baja, de Sevilla.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas de fecha 25 de marzo de 1997, corregidas con fecha 2 de octubre de 1997.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de 2 meses a partir de la recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de febrero de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia