Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 12/03/1998

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 4 de marzo de 1998, por la que se autorizan tarifas de Taxis de Jaén. (PD. 683/98).

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De conformidad con lo establecido en el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 26 de noviembre de 1996,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ASOCIACION GREMIAL PROVINCIAL DE AUTO-TAXI DE JAEN Y ASOCIACION LOCAL DE TAXIS DE JAEN (ATAJA)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Por bajada de bandera 140 ptas. Por Km. recorrido 78 ptas. Hora de espera 1927ptas. Carrera mínima 356 ptas.

Tarifa 2

Por bajada de bandera 173 ptas. Por Km. recorrido 98 ptas. Hora de espera o parada 2.408 ptas. Carrera mínima 444 ptas.

Esta tarifa es de aplicación a Servicios prestados en días laborables de 22 a 6 horas, sábados a partir de las 15 horas, días festivos las 24 horas, ferias (junio y octubre), Navidad, Reyes y Semana Santa.

Tarifa 3

Por Km. recorrido 155 ptas. Hora de parada 1927ptas. Carrera mínima Según tarifa de aplicación.

Esta tarifa es de aplicación a los Servicios fuera de los límites del casco urbano y hasta el límite del término municipal de Jaén.

Suplementos:

Por cada maleta o bulto de más de 60 cms. 50 ptas.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este Organo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 4 de marzo de 1998

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda