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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
HEREDEROS DE JOSE CASTILLO CASTILLO, S.L. (JAEN)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 90 ptas. Billetes especiales 105 ptas. Las Infantas y Puente Tablas 90 ptas. Bono-bus ordinario (10 viajes) 650 ptas. Bono-bus estudiantes (10 viajes) 450 ptas. Bono-bus jubilado, pensionista
y Minusválido (10 viajes) 420 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 10 de marzo de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda