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De acuerdo con lo establecido en los arts. 146.12 y 156.3 del Real Decreto 1471/1989, por el que se aprueba el Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, con relación con el art. 63.3 de la Ley 27/1992, de Puertos del Estados y de la Marina Mercante, se hace público que la Comisión Ejecutiva de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía ha adoptado el siguiente Acuerdo:
«Aprobar el otorgamiento de la Concesión Administrativa para la construcción y explotación de una carpintería de ribera y taller en la zona de servicio del Puerto de Adra, Adra (Almería), a favor de Nicolás Casas, S.L., en su reunión de fecha 23 de febrero de 1998.
La Concesión se otorga por un plazo de 24 años y sujeto a un canon anual actualizable de un millón treinta y dos mil doscientas cincuenta y tres (1.032.253) pesetas¯.
Sevilla, 4 de marzo de 1998.- El Director Gerente, José Clavero Salvador.