Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 19/03/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

ANUNCIO de bases.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 11 de febrero del presente año, se sirvió aprobar las convocatorias para proveer diversas plazas de funcionarios de esta Corporación, integrantes en la oferta de empleo público de 1997.

BASES GENERALES Y ANEXOS FUNCIONARIOS

I. Normas generales

Primera. Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos de estas Bases Generales.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de funcionarios de carrera de esta Corporación y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo de clasificación que igualmente se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en los Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes

Tercera. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español.

B) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión o condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria.

G) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes.

Cuarta. Los requisitos establecidos en la base tercera, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. Solicitudes

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancias que les serán facilitadas por el Departamento de Personal de este Ayuntamiento, sito en la Plaza de Andalucía, 6, de esta localidad, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y presentadas en el Registro General de Documentos de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal, de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en dos mil (2.000) pesetas. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas, en las convocatorias en que figure la fase de Concurso en sus anexos respectivos, relación de los méritos y justificantes de los mismos por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos méritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo referido. Los documentos aportados en la fase de Concurso habrán de ser originales, legalizados notarialmente o, en caso de presentarse fotocopias, deberán ir debidamente compulsadas por la Secretaría General de este Ayuntamiento, previa exhibición del original.

IV. Admisión de los candidatos

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este Ayuntamiento, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso causa de no admisión.

Séptima. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Octava. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de Funcionarios de carrera serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o períodos en prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del Organismo competente, su condición de minusválido, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33%. La compatibilidad para el desempeño de las plazas a que se opta habrá de acreditarse por el servicio médico que designe el Ayuntamiento.

V. Tribunales

Novena. Los Tribunales calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, a que se contraen las distintas convocatorias, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, quedará compuesto de la siguiente manera:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía.

Un técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación. Un representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento. Un representante de la Sección Sindical mayoritaria del Ayuntamiento. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Todos los componentes del Tribunal tendrán voz y voto. Asimismo a todos los miembros se les asignará un suplente y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer la titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstas en las Bases.

En caso de que no se halle presente el Presidente o su suplente, asumirá las funciones del mismo el Vocal de mayor edad. El vocal de menor edad sustituirá al Secretario, en caso de ausencia de éste o de su suplente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal respectivo no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a la percepción de asistencias, en la forma y cuantía señaladas en la legislación vigente.

El Tribunal respectivo, en las pruebas que se consideren convenientes, podrá recabar la colaboración de asesores en la materia de que se trate. Tales asesores actuarán con voz pero sin voto.

VI. Desarrollo de los ejercicios

Décima. El calendario del inicio de las pruebas, hora y lugar de realización, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra «A¯. Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra del alfabeto inmediatamente siguiente.

VII. Sistema de calificación

Undécima. Fase concurso. En aquellas convocatorias en que así se determine en sus anexos respectivos, esta fase será como a continuación se indica, salvo que en los anexos se estableciera una fase de concurso diferente:

Se considerarán los siguientes: Como baremo mínimo.

1. Por poseer título académico relacionado con el puesto a que se concursa, aparte de la exigida para acceder al Grupo al que pertenece, hasta un máximo de 1,5 puntos, de la forma siguiente:

- Titulación máxima dentro de la rama, profesión o especialidad: 1,50 puntos.

- Segundo nivel de titulación con las características anteriores: 0,75 puntos.

- Tercer nivel de titulación con las características anteriores: 0,50 puntos.

A estos efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter general y válidos a todos los efectos.

No se valorarán como méritos, títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior a que se aleguen.

2. Por la participación de Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,5 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos hasta 9 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de más de 100 horas: 0,75 puntos.

Si el curso fuera impartido por un organismo oficial (Administración del Estado, Autonómica o Local), se otorgará 0,20 puntos adicionales.

3. La antigüedad se valorará hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses prestados en el Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca: 0,25 puntos.

- Por cada año de servicio o fracción superior a seis meses prestados a otras Administraciones Públicas: 0,10 puntos.

4. La experiencia en las mismas áreas de conocimiento correspondientes a las del puesto solicitado se valorarán hasta un máximo de 4 puntos de la siguiente forma:

- Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses prestados en el Ayuntamiento de Los Palacios y Vfca., en puestos de similares características, hasta un máximo de 3 puntos: 0,75 puntos.

- Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses prestados en otras Administraciones Públicas, en puestos de similares características, hasta un máximo de 1,50 puntos: 0,50 puntos.

- Por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses prestados en la empresa privada, en puestos de similares características, hasta un máximo de

1,20 puntos: 0,40 puntos.

5. Se valorarán, hasta un máximo de 0,50 puntos, otros méritos, tales como publicaciones o conferencias, cursos, seminarios, etc., siempre y cuando estén relacionados con las funciones asignadas al puesto a desempeñar.

La fase de concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Fase oposición: Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes, si así lo decide el Tribunal calificador, serán obligatorios, eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de

5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

En los casos de concurso-oposición, la calificación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso más de la fase de oposición.

VIII. Puntuación y propuesta de selección

Duodécima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.

Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

IX. Presentación de documentos y nombramientos

Decimotercera. El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, en la forma indicada en la base duodécima, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos. El cumplimiento del requisito C) de la base tercera habrá de acreditarse a través del certificado médico correspondiente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos o personal laboral fijo de este Ayuntamiento estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la Corporación resolverá el nombramiento en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que sea notificado.

En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, o no superase los respectivos cursos de formación, cuando así se establezcan, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de calificación.

Decimocuarta. Los aspirantes a funcionarios, además de superar las pruebas de selección establecidas en la convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de formación que se determinen para las plazas en que así se indiquen en los anexos de estas Bases Generales.

De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten las condiciones que se llegaran a especificar en los anexos respectivos a dichas plazas.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contengan en el anexo de la convocatoria en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones, a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los anexos de las convocatorias en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera.

Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

X. Impugnación

Decimoquinta. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Plaza: Graduado Social.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Técnica.

- Clase: Técnicos Medios.

- Cualifación: Graduado Social.

Grupo: B.

Nivel: 21.

Sistema de Selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Social.

Fase de concurso. Será previa a la fase de oposición y se efectuará conforme al Baremo de Méritos que se acompaña a las Bases Generales.

Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias Comunes y Específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido las Materias Específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en la Base Undécima de las generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución de 1978: Estructura y contenido. Principios Generales. Reforma de la Constitución.

2. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

3. La organización territorial del Estado en la Constitución: La Administración Local.

4. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho.

5. El acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión de los actos administrativos.

6. El procedimiento administrativo. Significado. Principios generales. Fases.

7. Los contratos administrativos en la esfera local.

8. El Municipio. Organización municipal. Competencias. Autonomía Municipal.

9. Organos de Gobierno Municipales (I). El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. Los Concejales.

10. Organos de Gobierno Municipales (II). El Ayuntamiento Pleno: Composición y funciones. La Comisión de Gobierno.

11. La Función Pública Local y su organización.

12. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema retributivo. Régimen disciplinario y situaciones administrativas.

Materias específicas

1. La libertad sindical. Concepto. Libertad sindical individual y titularidad individual.

2. El derecho de representación en la empresa. Organos: Delegados de Personal y Comités de Empresa. Las Secciones Sindicales.

3. Convenios Colectivos: Concepto y contenido. Cláusulas normativas y obligacionales.

4. El Convenio Colectivo: Requisitos formales. Tramitación oficial. Extensión y adhesión del convenio colectivo.

5. Vigencia, aplicación e interpretación del Convenio Colectivo.

6. El derecho de huelga. Ambito subjetivo. Contenido y alcance. Límites. Efectos sobre la relación de trabajo y relaciones conexas.

7. La huelga: Concepto, procedimiento, derechos del empresario y del trabajador.

8. El contrato de trabajo: Elementos y eficacia.

9. Derechos y deberes derivados de la relación laboral (trabajador).

10. Contenido del contrato de trabajo: Duración y período de pruebas.

11. Modalidades del contrato de trabajo (I): Contratos formativos.

12. Modalidades del contrato de trabajo (II): Contratos de duración determinada.

13. Modalidades del contrato de trabajo a tiempo parcial, fijos y periódicos de carácter discontinuo y contratos de relevo.

14. Tiempo de trabajo: Jornada y horario de trabajo.

15. Vacaciones y permisos.

16. El cambio de los sujetos de la relación de trabajo.

17. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo: Significado, supuestos, requisitos y efectos.

18. Suspensión del contrato de trabajo: Causas y efectos.

19. Extinción del contrato de trabajo (I): Por voluntad del trabajador.

20. Extinción del contrato de trabajo (II): Por despidos colectivos.

21. Extinción del contrato de trabajo (III): Por causas objetivas.

22. El despido. El despido disciplinario: Causas, requisitos de forma y procedimiento. Calificación y efectos.

23. El personal al servicio de la Administración Local: clases de personal.

24. La Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas: ámbito de aplicación, de los órganos de representación, de la negociación colectiva y de la determinación de las condiciones de trabajo.

25. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones.

26. El salario: Concepto y composición.

27. Obligaciones del empresario respecto del pago del salario.

28. El salario mínimo interprofesional.

29. El Fondo de Garantía Salarial. Naturaleza y organización. Cotización y régimen de prestaciones. Procedimiento.30. El sistema de Seguridad Social: Significado y campo de aplicación. Bases de cotización. Tipos de cotización.

31. La acción protectora del Sistema de la Seguridad Social.

32. Estructura y composición del Sistema Español de Seguridad Social.

33. Inscripción, afiliación, bajas y variaciones. Situación asimilada al alta en el Sistema de la Seguridad Social.

34. La Seguridad Social al servicio de las Corporaciones Locales: Bases de cotización, tipos de cotización.

35. Accidentes de trabajo: Concepto, supuestos y notificación del accidente de trabajo.

36. Enfermedad profesional: Concepto, período de observación y notificación de la enfermedad profesional.

37. Incapacidad Temporal (I): Concepto, beneficiarios y prestación económica.

38. Incapacidad Temporal (II): Obligaciones del empresario y del trabajador durante la situación del IT.

39. Invalidez Permanente contributiva: Concepto, declaración, beneficiarios, grados y revisión.

40. Jubilación en su modalidad contributiva: Beneficiarios, cuantía de la pensión. Límites. Solicitud. Tramitación y pago.

41. Jubilación en su modalidad no contributiva: Requisitos, cuantía, efectos y extinción.

42. Muerte y supervivencia.

43. Maternidad: Beneficiarios, prestación económica, cotización y tramitación.

44. Desempleo en nivel contributivo: Requisitos, duración, cuantía, nacimiento, tramitación y documentación.

45. Desempleo en su nivel asistencial: Beneficiarios, cuantía, duración, requisitos de tramitación y nacimiento del derecho.

46. Desempleo. Régimen de las prestaciones de ambos niveles: Compatibilidades, incompatibilidades, pago de prestaciones, suspensión y extinción del derecho.

47. El proceso ordinario: Fases del procedimiento.

48. Modalidades procesales: En materia de despido de Seguridad Social.

ANEXO II

Plaza: Animador Social.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Cometidos Especiales.

- Cualificación: Animador Social.

Grupo: C.

Nivel: 14.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Fase de concurso. Será previa a la fase de oposición y se efectuará conforme al Baremo de Méritos que se acompaña a las Bases Generales.

Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias Comunes y Específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las Materias Específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en la Base Undécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios Generales. Reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

6. El Administrado. Actos Jurídicos del Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

7. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales.

8. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdo.

Materias específicas

1. Evaluación de proyectos intersectoriales. Criterios.

2. La participación popular en el ámbito de la acción social.

3. Supuestos o premisas para organizar una propuesta de servicios sociales para la tercera edad.

4. Principios operativos básicos de la acción social a nivel municipal.

5. Organización y animación comunitaria en relación a los servicios sociales polivalentes.

6. Servicios específicos de apoyo y refuerzo a la familia.

7. Elementos para la elaboración de un diagnóstico social.

8. Principios ideológicos-filosóficos de la acción social a nivel municipal.

9. Instituciones sustitutivas de la familia para el anciano a nivel local.

10. Elementos para la formulación de proyectos sociales.

11. Servicios de atención a la mujer en relación a problemáticas específicas.

12. Servicios de apoyo y refuerzo complementario al niño y al adolescente.

13. Objetivos generales de un Plan de acción juvenil municipal.

14. Organización administrativa de la acción social local.

15. Servicios de apoyo para el anciano y su familia.

16. Programa de subvenciones a grupos colectivos juveniles.

17. Servicios de información-sensibilización y promoción de la mujer.

18. Servicios de apoyo a la comunidad en relación a los programas de servicios para la infancia y la adolescencia.

19. Financiación y personal estructural de los servicios sociales municipales.

20. Problemáticas sociales específicas. Tipologías de Proyectos.

21. Los servicios sociales de base.

22. Servicios de apoyo a la comunidad relativos a la realización de actuaciones ante la tercera edad.

23. Instituciones y recursos sustitutivos de la familias para el adolescente y el niño.

24. Coordinación entre las instituciones, recursos y servicios sociales.

25. Ejes del programa de promoción de la mujer a nivel municipal e intersectorial.

26. Programa de creación de infraestructuras estables para la juventud a nivel municipal.

27. Servicios específicos de ayuda y atención individual y familiar.

28. Información y orientación social a la población demandante.

29. Programa de servicios municipales para la juventud.

30. La coordinación política y administrativa de los programas de actuación social integral.

31. Funciones y competencias municipales en el área de acción social.

32. Actuación municipal en el ámbito y nivel juvenil.

ANEXO III

Plaza: Técnico Especialista Agropecuario.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Cometidos Especiales.

- Cualificación: Técn. Esp. Agropecuario.

Grupo: C.

Nivel: 15.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Fase de concurso. Será previa a la fase de oposición y se efectuará conforme al Baremo de Méritos que se acompaña a las Bases Generales.

Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias Comunes y Específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las Materias Específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de la oposición se calificarán conforme a lo establecido en la Base Undécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios Generales. Reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho.

6. El Administrado. Actos Jurídicos del Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

7. La Administración Local. Entidades que comprende. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

8. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Materias específicas

1. Tiempo y clima atmosférico.

2. Las precipitaciones atmosféricas.

3. Las heladas en la agricultura.

4. Formación y perfil del suelo.

5. La erosión del suelo.

6. Variación de la humedad del suelo.

7. Suelos salinos.

8. Recuperación del suelo.

9. La calidad de las aguas del suelo.

10. Evolución de la materia orgánica.

11. Abonos nitrogenados.

12. Propiedades de los plásticos agrícolas.

13. Poda de la vid.

14. Métodos de injerto.

15. Nematicidas.

16. Tipos de tratamientos fitosanitarios.

17. Tipos de pulverizaciones.

18. Luchas contra la caída de plántulas en algodón.

19. La mosca blanca en cultivos hortícolas.

20. El oidio en curcubitáceas.

21. Virus transmitidos por áfidos en hortícolas.

22. Cultivo del tomate. Generalidades.

23. Cultivo del algodón. Generalidades.

24. Cultivo del calabacín. Generalidades.

25. Cultivo de la sandía. Generalidades.

26. Cultivo del clavel. Generalidades.

27. Cultivo del rosal. Generalidades.

28. Análisis foliares y de suelo en frutales.

29. Calidad de las fibras en algodón.

30. Condiciones y características que determinan la calidad en flor cortada.

31. Normas de seguridad en el manejo del tractor agrícola.

32. El tractor agrícola. Generalidades.

ANEXO IV

Plaza: Encargado de Obras.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Personal de Oficios.

- Cualificación: Encargado de Obras.

Grupo: D.

Nivel: 13.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Fase de concurso. Será previa a la fase de oposición y se efectuará conforme al Baremo de Méritos que se acompaña a las Bases Generales.

Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias Comunes y Específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las Materias Específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en la Base Undécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios Generales. Reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Materias específicas

1. Cementos: Características y clases.

2. Morteros, yesos y cales. Clasificación y aplicaciones.

3. El enlucido de paredes y paramentos. El enlucido fino y grueso. El enlucido con yeso.

4. El hormigón en masa. Características y aplicaciones.

5. El hormigón armado. Características y aplicaciones.

6. El hormigón pretensado y postensado. Características y aplicaciones.

7. Ladrillos. Tipos y características.

8. Fábrica de ladrillos, muros y arcos.

9. Aparejos. Diferentes tipos de aparejos más usuales.

10. El solado: Diferentes tipos de solerías.

11. Cimentaciones. Tipos.

12. Escaleras: Trazados.

13. Forjados y cubiertas. Concepto. Sistemas utilizados.

14. Encofrados. Generalidades. Clasificación. Materiales utilizados.

15. Interpretación de croquis y planos.

16. Redes de saneamiento y alcantarillado. Elementos principales.

Lo que se comunica para general conocimiento, Los Palacios y Villafranca, 19 de febrero de 1998.- El Alcalde-Presidente, Antonio Maestre Acosta.