Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 21/03/1998

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Otros. AYUNTAMIENTO DEL VALLE

ANUNCIO de bases.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 12-2-98, ha aprobado las Bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de personal laboral fijo, incluida en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación para 1997.

BASES GENERALES

BASES DE LA CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR PARA LA PROVISION MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION DE UNA PLAZA DE OPERARIO DE SERVICIOS MULTIPLES VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL

1.- NORMAS GENERALES.

1.1. Objeto de la convocatoria y número de plazas. El Objeto de la presente convocatoria es la provisión de una plaza de Operario de Servicios Múltiples, vacante en la plantilla del personal laboral.

Edad de jubilación 65 años.

Título exigido: Certificado de escolaridad equivalente o equiparado.

1.2. Derechos y deberes.

Quienes obtengan las plazas, tendrán los derechos y deberes inherentes a las mismas como personal laboral de el Excmo. Ayuntamiento de El Valle, y los determinados con carácter general o especial por el Régimen Jurídico Local y Laboral vigente o que se dicte en el futuro. Las propias de operario en relación a los distintos servicios municipales y las que le sean asignadas por la Alcadía, conforme a la categoría citada, siendo la jornada de 40 horas semanales, y en horario flexible.

1.3. Régimen Jurídico Aplicable.

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presente Bases y por las siguientes disposiciones legales:

Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 30/84, de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo

781/86, de 18 de Abril, aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto 896/91, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, Real Decreto 2.223/84, de 19 de Diciembre, por el que se apruebe el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y R.D. 364/95, de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

1.4. Efectos vinculantes.

Estas Bases vinculan a la Administración convocante, al Tribunal y a todas las demás personas que tengan interés directo en la convocatoria.

2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.

2.1. Requisitos Generales.

Para poder ser admitidos y participar en las pruebas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

El Valle, 16 de febrero de 1998.- El Alcalde, Juan A. Palomino.