Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 31/03/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 10 de marzo de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza a don Javier Alberto de las Cuevas Torres, Secretario del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas (Málaga), a desempeñar las funciones del puesto de trabajo de Secretaría en el Ayuntamiento de Canillas de Albaida (Málaga), en régimen de acumulación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Municipio de Canillas de Albaida (Málaga) acordó solicitar de esta Comunidad Autónoma mediante Resolución de su Presidencia de fecha

14 de febrero de 1998 la autorización para la acumulación de las funciones de Secretaría, a favor de don Javier Alberto de las Cuevas Torres, Secretario del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas (Málaga).

El Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas (Málaga), mediante Resolución de su Presidencia de fecha 25 de febrero de 1997, no pone reparos a que el indicado funcionario se haga cargo en forma acumulada de la función de Secretaría del Ayuntamiento de Canillas de Albaida (Málaga).

La petición formulada por el Ayuntamiento de Canillas de Albaida (Málaga) para que se autorice dicha acumulación de funciones está fundamentada en la necesidad de asistencia profesional para los asuntos que afecten a la buena marcha de la Corporación, funciones éstas de carácter público y necesarias en todas las Corporaciones Locales, tal y como dispone el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.

Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en los artículos 129 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de

29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, he tenido a bien disponer lo siguiente: .

Artículo único: Autorizar la acumulación de la función del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Canillas de Albaida (Málaga) a don Javier Alberto de las Cuevas Torres, NRP 25.108.517/02/A/3015, Secretario del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas (Málaga).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art. 109, apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 10 de marzo de 1998.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

Descargar PDF