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Vistas las solicitudes presentadas en el período 1 de junio a 31 de diciembre de 1997, relativas a la modalidad Protésica y Odontológica, correspondiente a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la Orden de 12 de julio de 1996 (BOJA núm. 85, del día 25) mediante la que se aprueba el Reglamento de las citadas Ayudas, tienen lugar los siguientes
HECHOS
Primero. Que el artículo 4.1 en relación con el artículo
1.1.a) de la mencionada Orden de 12 de julio de 1996 (BOJA núm.
85, del día 25) establece que la modalidad de ayuda Protésica y Odontológica tendrá el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio.
Segundo. Que en la Sección 1ª, del Capítulo II de la repetida Orden de 12 de julio de 1996, se regula específicamente cuanto se refiere a la expresada modalidad de Ayuda Protésica y Odontológica.
A tales hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. La Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Gobernación de 12 de julio de 1996 (BOJA núm. 85, del día 25), mediante la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social y por la que se establece la competencia de esta Dirección General para conocer y resolver en este asunto.
II. El artículo 5 en relación con el artículo 10 y concordantes de la Orden de la Consejería de Gobernación de 12 de julio de
1996 (BOJA núm. 85, del día 25), mediante la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social reguladoras del procedimiento de resolución y adjudicación de estas ayudas.
Vistos los Hechos y los Fundamentos de Derecho expuestos, el Decreto 315/96, de 2 de julio (BOJA núm. 86, del día 27), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, y el Decreto 1/97, de 13 de marzo (BOJA núm. 33, del día 18) sobre reestructuración parcial de la Consejería, por el que la citada Consejería pasa a denominarse Consejería de Gobernación y Justicia, y demás complementarias y de general aplicación, esta Dirección General
RESUELVE
Publicar los listados provisionales del personal laboral, admitido para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 1998, en la modalidad de Protésica y Odontológica, así como de los excluidos de tal modalidad de ayuda, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestos en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía de las distintas provincias.
Contra lo establecido en la presente Resolución, los interesados podrán formular las reclamaciones que estimen procedentes ante esta Dirección General de la Función Pública, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de marzo de 1998.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.
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