Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 13/1/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 10 de diciembre de 1997, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por la que se presta conformidad a expediente de permuta de bien futuro que se cita del Ayuntamiento de Monturque (Córdoba).

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Visto el expediente instruido por el Ilustre Ayuntamiento de Monturque (Córdoba) para la adquisición, mediante permuta con la Cámara Agraria Local de Monturque, del edificio propiedad de ésta, sito en la Plaza de la Constitución, núm. 1, por oficinas a construir por el Ayuntamiento de Monturque sobre dicho solar de la Cámara Agraria Local.

En dicho expediente se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts.

22.2.1 y 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en los arts. 79.1 y 80 -ambos en relación con el 76del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1996, de 18 de abril; en los artículos 109.1, 112.2 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, y en los demás preceptos de general aplicación.

Considerado lo previsto en el primer párrafo del artículo 1.271 del Código Civil.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º 9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, y en la Disposición Adicional Unica del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, corresponde a este Delegado del Gobierno la conformidad de los expedientes de permuta de bienes inmuebles de propios municipales, siempre que sus valores no excedan del 25% del presupuesto ordinario de la Corporación Municipal.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

1. Prestar conformidad al siguiente expediente de permuta instruido por el Ilustre Ayuntamiento de Monturque:

Adquisición por el Ayuntamiento, mediante permuta, del edificio propiedad de la Cámara Agraria Local de Monturque que está sito en la Plaza de la Constitución, núm. 1, de esa ciudad -con una superficie de 239,59 m¯, inscrito en el libro 68 del Ayuntamiento de Monturque, folio 237, finca

3701, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera-, por el siguiente bien futuro: Oficinas de 55,22 m¯ que se construirán por el Ayuntamiento sobre el solar de la Cámara Agraria Local, debiendo procederse en su momento a la división en régimen de propiedad horizontal.

Esta conformidad queda condicionada a la construcción de tales oficinas, a su clasificación como bien patrimonial y a su depuración física y jurídica según lo previsto en el art. 113 del citado Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

2. Comunicar la presente Resolución al Ilustre Ayuntamiento de Monturque (Córdoba).

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los arts. 107.1,

110.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho recurso podrá interponerse sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Córdoba, 10 de diciembre de 1997.- El Delegado, Luis Hidalgo Reina.

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