Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 18/04/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 74/1998, de 24 de marzo, por el que se acepta la donación al Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por el Ayuntamiento de Jaén, del solar que se cita.

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Por el Ayuntamiento de Jaén fue ofrecido al Instituto Andaluz de Servicios Sociales un solar sito en C/ Hospitalico de la Magdalena, núm. 3, con destino a la construcción de un Centro de Día para la Tercera Edad.

Por la Consejería de Asuntos Sociales y por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales se considera de interés la aceptación de la referida donación, en orden a mejorar el bienestar social de los ancianos de la zona.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de marzo de 1998,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Jaén, del solar sito en

C/ Hospitalico de la Magdalena, núm. 3, de la citada localidad.El citado solar tiene una superficie de 183 m, con los siguientes linderos: Al Norte, con calle Llana de San Juan; al Sur, con casa núm. 1 de la calle Hospitalico de la Magdalena, núm. 3; al Este, con casa número 36 de la calle Llana de San Juan; y al Oeste, con calle Hospitalico de la Magdalena, núm..

Se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad número 2 de Jaén, al folio 63 del tomo 1879, libro 51 de Jaén, bajo el número de finca 4.893, inscripción 1ª, libre de cargas y gravámenes.

Segundo. El inmueble deberá incorporarse al inventario del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, con destino a la construcción de un Centro de Día para la Tercera Edad.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la citada Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el inmueble queda afectado al dominio público, pasando a ser de titularidad de la Comunidad Autónoma y adscribiéndose al Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, y por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales, como Organismo autónomo con personalidad jurídica propia, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 24 de marzo de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda