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A tenor de lo dispuesto por los artículos 39.7 y 47 de la Ley
6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de conseguir mayor agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente.
D I S P O N G O
Artículo Unico. Se delega en la Directora de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Andalucía, para los dos actos que se expresan, la competencia para suscribir dos Convenios-Marco entre la Consejería de Salud y la Empresa de Emergencias Sanitarias y la Escuela Andaluza de Salud Pública, respectivamente.
Sevilla, 23 de marzo de 1998
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud