Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 23/04/1998

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Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 23 de marzo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica a la interesada en el procedimiento sancionador núm. 2000/96 que se cita.

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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no habiéndose podido practicar en el último domicilio conocido de la interesada en el Procedimiento Sancionador núm.

2000/96, instruido por la Delegación Provincial en Granada de esta Consejería contra la entidad «Veinsur, S.A.¯, por «carecer de la documentación legalmente exigible a los productores de residuos tóxicos y peligrosos (Libro Registro de RTP)¯, la notificación de la Resolución Definitiva, de fecha 13 de agosto de 1997, recaída en el mismo y acordada por la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la presente se procede a publicar la parte dispositiva de la citada Resolución:

«Ordenar el archivo del Procedimiento Sancionador núm./96, iniciado por la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente contra la entidad "Veinsur, S.A.", al haber transcurrido el plazo de dos meses establecido por el artículo 6.2 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, desde su inicio sin haberse notificado éste a la interesada¯.

Asimismo, se comunica a la interesada, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 35 de la mencionada Ley 30/92, de 26 de noviembre, su derecho de acceder y obtener copia de los documentos contenidos en el citado procedimiento, el cual se encuentra a su disposición en las dependencias de esta Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, así como, de conformidad con los artículos 107 y 114 de la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre, la posibilidad de interponer recurso ordinario contra la referida Resolución ante el Excmo. Consejero de Medio Ambiente, disponiendo para ello de un plazo de un mes, transcurrido el cual la Resolución será firme; todo ello sin perjuicio de aquellos otros recursos que en derecho sean procedentes.

Sevilla, 23 de marzo de 1998.- El Secretario General Técnico, Juan J. Jiménez Martín.