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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en
uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios
autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TRANSPORTES ROBER, S.A. GRANADA
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-
administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa
comunicación a este Organo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de
la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de
1956.
Sevilla, 15 de abril de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda