Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 28/04/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 2 de abril de 1998, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, prestando conformidad al expediente de enajenación mediante permuta del bien que se cita del Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba).

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Visto el expediente instruido por el Iltre. Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba) para la permuta con don David y don Juan Carlos Molina Aragón, del inmueble propiedad municipal sito en el número

6 de la calle Lanzas Torres de ese municipio por un local en planta baja a construir por estos señores sobre los solares de los actuales números 4 y 6 de esa misma calle, según acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria del día 13 de agosto de 1997.

En dicho expediente se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 22.2.l) y 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en los arts. 79.1 y 80 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1996, de

18 de abril; en los artículos 109.1, 112.2, 113, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, y en los demás preceptos de general aplicación.

Según certificación del Registro de la Propiedad de Rute, al folio

107, del tomo 1001 del Archivo General, figura la inscripción 3ª de la finca registral núm. 2.389; solar sito en la calle Lanzas Torres de la villa de Iznájar, marcado con el núm. 4 de gobierno, a favor de don David y don Juan Carlos Molina Aragón por mitad y en indiviso.

Considerado lo previsto en el primer párrafo del artículo 1.271 del Código Civil.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º 9 del Decreto

29/1986, de 19 de febrero, y en la Disposición Adicional Unica del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, corresponde a este Delegado del Gobierno la conformidad de los expedientes de permuta de bienes inmuebles de propios municipales, siempre que sus valores no excedan del 25% del presupuesto ordinario de la Corporación Municipal.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

1. Prestar conformidad al expediente instruido por el Iltre. Ayuntamiento de Iznájar para la permuta con don David y don Juan Carlos Molina Aragón de los bienes que se describen a continuación, en los términos y con las condiciones que constan en acuerdos adoptados por el Pleno de ese Iltre. Ayuntamiento en sesiones celebradas el 13 de agosto de 1997 y el 2 de marzo de

1998.

Los bienes objeto de la permuta son los siguientes:

a) A entregar por el Iltre. Ayuntamiento de Iznájar a don David y don Juan Carlos Molina Aragón: Inmueble sito en el núm. 6 de la calle Lanzas Torres del Municipio de Iznájar, que linda con el colindante núm. 4, inscrito en el Registro de la Propiedad de Rute como finca registral núm. 14.748.

b) Bien futuro a recibir por el Iltre. Ayuntamiento de Iznájar de don David y don Juan Carlos Molina Aragón: Local de 48,52 m¯ sito en planta baja del inmueble a construir sobre los solares de los actuales números 4 y 6 de la calle Lanzas Torres.

2. Comunicar la presente Resolución al Iltre. Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba).

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los arts. 107.1, 110.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 2 de abril de 1998.- El Delegado, Luis Hidalgo Reina.