Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 12/5/1998

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 15 de abril de 1998, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan a concurso diversas plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.

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Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 11/83, y el Decreto 173/85, de 31 de julio (BOJA del

27.8.85), por el que se publican los Estatutos de la Universidad de Málaga.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Uno. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/83 de 25 de agosto (BOE de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre (BOE de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio (BOE de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre de 1984 (BOE de 16 de enero de 1985), y en lo no previsto en dichas disposiciones, por la legislación vigente de Funcionarios Civiles del Estado, y se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Dos. Para ser admitido al citado concurso es necesario cumplir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

Tres. Deberán reunir además las condiciones específicas que a continuación se indican:

a) Para concursar a las plazas de Catedrático y Profesor Titular de Universidad y Catedrático de Escuela Universitaria, estar en posesión del Título de Doctor. Para concursar a las plazas de profesor Titular de Escuela Universitaria, será licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

b) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad, cumplir además las condiciones señaladas en el art. 4, apartado

1, letra c) del R.D. 1888/84, o las condiciones reseñadas en la Disposición Transitoria Undécima de la Ley 11/83 de Reforma Universitaria, o bien acreditar haber sido eximido de tales requisitos.

Cuatro. Quienes deseen tomar parte en el concurso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Málaga, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley

30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, mediante instancia según modelo que figura como Anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos específicos indicados en la base tres.

Los aspirantes deberán presentar junto con la anterior instancia documento acreditativo de su nacionalidad mediante la aportación de fotocopia simple del documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente.

La acreditación de los requisitos específicos se efectuará, en los señalados con la letra a) de la base tres, mediante fotocopia compulsada del título correspondiente, o del

justificante del abono de sus derechos; y en los indicados con la letra b), por medio de las certificaciones oportunas. Debiéndose observar, cuando proceda, lo preceptuado en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea (BOE núm. 280, de 22 de noviembre), y demás normativa aplicable al caso.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado en la

Habilitación-Pagaduría de dicha Universidad la cantidad de 5.000 pesetas en concepto de derechos. La Habilitación expedirá recibo por duplicado, uno de cuyos ejemplares deberá unirse a la solicitud. Cuando el pago de los derechos se efectúe por giro postal o telegráfico, éste será dirigido a la citada

Habilitación-Pagaduría, haciendo constar en el taloncillo destinado a dicho Organismo los datos siguientes: Nombre y Apellidos del interesado y plaza a la que concursa.

Cinco. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Málaga, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de

exclusión. Contra esta Resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la mencionada relación, las reclamaciones que consideren oportunas. Resueltas las mismas, en su caso, la relación de admitidos y excluidos adquirirá la condición de definitiva.

Seis. El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.

Siete. En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los artículos 9º y 10º del R.D. 1888/84 de 26 de septiembre, modificado por el R.D. 1427/86, de 13 de junio, en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.

Ocho. Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, los

siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección provincial o la Consejería, según proceda, competentes en materia de sanidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario y no hallase inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Málaga, 15 de abril de 1998.- El Rector, Antonio Díez de los Ríos Delgado.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

VEANSE ANEXOS II y III EN BOJA NUM. 27, DE 4-3-97.