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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 1 de diciembre de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 2190/1994, promovido por Surcotton S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil Surcotton S.A. contra la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 18 de abril de 1994, expediente 264/93, por la que desestima el recurso de alzada interpuesto por la entidad recurrente contra la resolución del Delegado Provincial de Trabajo y Seguridad Social de dicha Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 13 de enero de 1993, expediente 522/92, por la que se impuso a la entidad recurrente sanción de multa de
100.000 pesetas, en confirmación del Acta de infracción 1518/92. Anulamos dichas resoluciones y las declaramos sin ningún valor ni efecto. Sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 5 de mayo de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.