Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 23/05/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 4 de mayo de 1998, de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, de la convocatoria del profesorado que imparte las Enseñanzas que regula la LOGSE para la elaboración de informes de proyectos editoriales.

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El Decreto 108/1992, de 9 de junio, por el que se regulan la supervisión y autorización de libros y material curriculares para las enseñanzas de Régimen General y su uso en los Centros docentes de Andalucía, estableció como objeto de proceder a la supervisión de los proyectos editoriales recibidos un modelo consecuente con la nueva ordenación del sistema educativo.

En ese sentido, la Orden de 24 de junio de 1992, por la que se dan normas sobre la supervisión y autorización de libros y material curricular dictaminó la constitución de una Comisión para el estudio y análisis de los proyectos editoriales presentados, que a su vez podría recabar información y asesoramiento de los especialistas que considerase oportuno según lo dispuesto en su apartado cuarto.

Cumplidos los trámites previstos y visto el dictamen de la Comisión a que se refiere el apartado tercero de la Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de 31 de octubre de

1997, por la que se procede a realizar la convocatoria de profesorado que imparta las enseñanzas que regula la

LOGSE para la elaboración de Proyectos Editoriales, esta Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado ha resuelto:

Primero. Disponer la Resolución definitiva de la convocatoria establecida en la Resolución de esta Consejería de Educación y Ciencia de 31 de octubre de 1997, por la que se procede a realizar convocatoria de profesorado que imparte las enseñanzas que regula la LOGSE para la elaboración de informes de proyectos editoriales.

Segundo. La relación definitiva de admitidos para la elaboración de informes de proyectos editoriales podrá consultarse en los tablones de anuncios de las correspondientes Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

Tercero. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde el día de su publicación, recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 4 de mayo de 1998.- La Directora General, Isabel de Haro Aramberri.