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Autos núm.: D-699/97.
Diligencia. En Madrid, a quince de abril de mil novecientos noventa y ocho.
La extiendo yo, el Secretario, para hacer que con esta fecha se ha recibido de la correspondiente oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día catorce de abril, escrito presentado por don Pedro Feced Martínez, en representación del demandante don Joaquín Moreno Argudo, desistiendo de su demanda. Doy fe.
A U T O
En Madrid, a quince de abril de mil novecientos noventa y ocho.
Vistos por mi don José Antonio Molina Gómez de Segura (Juez sustituto), Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Social Núm. de Madrid y provincia, los presentes Autos, seguidos a instancia de don Joaquín Moreno Argudo contra el Corte Inglés, S.A., Cordobesa de Canalizaciones, S.L. y Colber, S.A., en materia procedimiento ordinario dicto la siguiente Resolución:
H E C H O S
1º Fue presentada demanda el 23-10-1997 y admitida a trámite, se señaló para la celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio, la audiencia del día
23.4.1998 a las 10,50 horas de su mañana.
2º En el día 14 de abril de 1998, la parte actora presentó escrito en el que manifiesta que desiste de su demanda, origen del presente procedimiento, suplicando se le tenga por desistida.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
Unico. Vista la manifestación de la parte actora y de conformidad con lo solicitado, procede tenerle por desistida y ordenar el archivo del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el art. 83 de la LPL y concordantes.
Vistos los preceptos de general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Así por este Auto, Digo: Se tiene a la parte actora por desistida de su demanda y archívese el procedimiento sin más trámite. Notifíquese la presente Resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Madrid, 7 de mayo de 1998.- El Magistrado-Juez.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado. Doy fe.