Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 28/05/1998

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 20 de mayo de 1998, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la composición de los Tribunales que han de efectuar la selección de los aspirantes admitidos en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.

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La Base 5 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 12 de marzo de 1998, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo, regula lo relacionado con los Tribunales seleccionadores.

En su virtud, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en uso de las competencias que tiene delegadas por Orden de 21 de mayo de 1996, ha resuelto:

Primero. Hacer pública la composición de los Tribunales que han de juzgar las pruebas y que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo. Con anterioridad al comienzo de las pruebas, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la ubicación de los Tribunales.

Tercero. Los Tribunales tendrán derecho a la indemnización por razón del servicio prevista en el Decreto 54/89, de 21 de marzo (BOJA de 21 de abril), modificado por el Decreto 190/93, de 28 de diciembre (BOJA de 3 de febrero de 1994), en función de la categoría que se señala en el Anexo V del primer Decreto citado.

Categoría Primera Grupo A. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Todos los miembros de los Tribunales, a los efectos previstos en los artículos 9 y 10 del Decreto 54/1989, se considerarán incluidos en el Grupo Segundo de los mencionados en el Anexo I de dicho Decreto.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el apartado.10 de la Orden de 12 de marzo de 1998, la suplencia de los Presidentes de los Tribunales será autorizada por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y la de los Vocales, por el Presidente que haya de actuar, teniendo en cuenta que deberá recaer en el Vocal suplente respectivo o en su defecto en los que les sigan según el orden decreciente y rotatorio en que figuran en el Anexo I a esta Resolución. No obstante, si llegado el momento de actuación de los Tribunales, éstos no hubieran podido constituirse por el procedimiento previsto, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos adoptará las medidas oportunas necesarias a fin de garantizar el derecho de los aspirantes a la participación en el proceso selectivo.

Quinto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso- Administrativa, y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de mayo de 1998.- La Directora General,Clotilde Sancho Villanova.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]