Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 02/06/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 7 de mayo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el Recurso de Apelación interpuesto por la Junta de Andalucía.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 23 de marzo de 1998, por el Tribunal Supremo en el Recurso de Apelación, promovido por la Junta de Andalucía, sobre autorización, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

F A L L O

Declara indebidamente admitido el Recurso de Apelación interpuesto, confirmando la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la cual estimaba el recurso contencioso- administrativo interpuesto por «Cles de Mantenimiento de Granada, S.A.¯, contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía, de 17 de mayo de 1989, confirmatoria en alzada de otra de la Delegación Provincial en Granada de dicha Consejería de 6-2-89, denegatoria de autorización para modificar el horario de los trabajadores que prestan servicio de limpieza en el Banco de Granada O.P., declarando nula por no conforme a derecho la resolución recurrida y en su consecuencia haber lugar a la modificación horaria en su día solicitada; sin expresa condena en costas.

Sevilla, 7 de mayo de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.