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Núm: 381/96. Procedimiento: Artículo 131 L.H. De Creddifimo. Procurador Sr. Augusto Atalaya Fuentes, contra don Manuel García Domínguez.
En los autos de referencia, se ha dictado la resolución que copiada literalmente es como sigue:
Providencia Magistrada-Juez
Doña Alicia Rodríguez Ibáñez.
En Sevilla, a trece de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
Dada cuenta;
Habiendo resultado negativo el requerimiento efectuado al demandado como se solicita, hágase el requerimiento a través de edictos a publicar en el BOJA. Requiérase al/los deudor/res Manuel García Domínguez para que en el plazo de diez días haga/n pago de las responsabilidades reclamadas 9.784.285, de la cuales 7.750.952 ptas. corresponden a principal y 2.033.333 ptas. a intereses y transcurrido dicho término dése cuenta para acordar lo procedente.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.
Lo que así se acuerda y firma, doy fe.
El/la Magistrada-Juez, El/la Secretario
Y para que sirva de notificación y requerimiento en forma a quien abajo se expresa, extiendo y firmo la presente en Sevilla a trece de mayo de mil novecientos noventa y ocho.- El/la Secretario.
Se notifica y requiere a: Manuel García Domínguez, C/ Avda. Pino Montano, 2, 3B, Bloque B-1, Urb. Parque Miraflores, Sevilla.