Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 6/6/1998

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 18 de mayo de 1998, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Salobreña (Granada), integrada en la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada. (PD. 1722/98).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

AGUAS Y SERVICIOS A.I.E. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio

Calibre del contador en mm. ptas./mes

Hasta 13 155 15 207 20 367 25 575 30 827 40 1.471 50 2.298 65 3.885 80 5.884 100 9.195 125 14.367 150 20.688 200 36.779 250 57.466 300 82.751 400 147.113 500 229.865 Más de 500 459.729

Se aplicará el mayor de los valores siguientes:

a) El de la tabla según calibre del contador.

b) El resultado de multiplicar el número

de viviendas y/o locales suministrados

por la cuota correspondiente a un

contador de 13 mm.

Para las bocas de incendio se aplicará como cuota del servicio la correspondiente al calibre de la acometida al sistema que las soporta.

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico

Bloque I. De 0 a 20 m?/mes 25,60 ptas./m? Bloque II. Más de 20 m?/mes 43,56 ptas./m?

Bonificaciones:

- De carácter general: Todos los consumos entre O y 7 m?/mes que no sobrepasen

dicha cantidad se les facturará a 8,53 ptas./m?.

Uso industrial y comercial

Bloque I. De O a 20 m?/mes 43,56 ptas./m? Bloque II. Más de 20 m?/mes en adelante 66,92 ptas./m?

Bonificaciones:

A todos los consumos entre 0 y 7 m?/mes

que no sobrepasen dicha cantidad, se

les facturará a 25,60 ptas./m?.

- Otros usos (uso municipal)

Tarifa única 5,39 ptas./m?

Uso centros oficiales

Tarifa única 66,92 ptas./m?

Bonificaciones:

Si el consumo es menor a 7 m?/mes,

bonificación: 41,32 ptas./m?.

Si el consumo es menor a 20 m?/mes,

bonificación: 23,36 ptas./m?

(en el bloque de 0 a 20 m?/mes).

Cuota de contratación y reconexión

Calibre del contador en mm.

Hasta 13 2.964 ptas. 15 4.042 ptas.

20 6.737 ptas.

25 9.431 ptas.

30 12.126 ptas.

40 17.515 ptas.

50 22.904 ptas.

65 30.988 ptas.

80 39.072 ptas.

100 y mayores 49.850 ptas.

Fianzas

Se establece una fianza de 2.246 ptas.

para contratos indefinidos.

Para contratos de suministro de obras

o de duración determinada se

establecen los siguientes importes:

Calibre del contador en mm.

Hasta 13 6.045 ptas. 15 9.315 ptas.

20 22.020 ptas.

25 43.125 ptas.

30 74.430 ptas.

40 176.520 ptas.

50 y mayores 344.700 ptas.

Derechos de acometida

Parámetro A: 1940ptas./mm.

Parámetro B: 26.946 ptas./l/seg.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponer recurso contencioso-

administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de

1956.

Sevilla, 18 de mayo de 1998

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda