Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 27/06/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 8 de junio de 1998, por la que se hace público el reajuste de la subvención a favor de Viviendas Municipales de Córdoba, SA (Vimcorsa), para la construcción de 24 viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Córdoba, manzana 2, subparcela D, del sector MA- 2, al amparo del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por Orden de 15 de noviembre de 1995 y al amparo del Decreto

119/1992, de 7 de julio, se hizo pública una subvención de

161.930.356 ptas. (ciento sesenta y un millones novecientas treinta mil trescientas cincuenta y seis) a favor de Viviendas Municipales de Córdoba, S.A. (Vimcorsa), para hacer frente a la amortización del préstamo cualificado para la construcción de

24 Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en Córdoba, de las cuales 106.470.000 ptas. (ciento seis millones cuatrocientas setenta mil) correspondían al principal del préstamo y el resto a intereses.

Previa Resolución Administrativa de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Cádiz, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes concedió una subvención de 34.334.268 ptas. (treinta y cuatro millones trescientas treinta y cuatro mil doscientas sesenta y ocho), correspondiente al 25% del precio máximo al que hubieran podido venderse las viviendas en el momento de la Calificación Definitiva, en virtud de lo establecido en el artículo 20.1, apartado b), del Real Decreto

1932/1991, de 20 de diciembre.

El mencionado Real Decreto, en su artículo 20.3 estipula que si la suma de los importes del préstamo cualificado y de la subvención concedida excediera del costo real de las actuaciones, excluido el del suelo, los excesos deberán aplicarse al reembolso anticipado del préstamo cualificado. En este caso, el exceso a reembolsar asciende a 29.373.984 ptas. (veintinueve millones trescientas setenta y tres mil novecientas ochenta y cuatro).

En consecuencia, teniendo en cuenta el cumplimiento de todas las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Reajustar el préstamo cualificado a la cantidad de

77.096.016 ptas. (setenta y siete millones noventa y seis mil dieciséis), por lo que las anualidades de la subvención para hacer frente a la amortización del mismo queda tal como expresa el cuadro transcrito a continuación. Cuadro que sustituye al que figura en la Orden ya publicada y referida anteriormente.

Segundo. Autorizar al Sr. Viceconsejero a que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 8 de junio de 1998

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Sec. Gral. Téc., Director Gral. de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Córdoba.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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