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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Huelva, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE CAMPOFRIO (HUELVA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Consumo doméstico
Cuota fija o de servicio 280 ptas./mes
Cuota variable o de consumo
Hasta 20 m?/trimestre 40 ptas./m? Más de 20 m? hasta 30 m?/trimestre 85 ptas./m? Más de 30 m? hasta 40 m?/trimestre 150 ptas./m? Más de 40 m?/trimestre, en adelante 220 ptas./m?
Consumo industrial y comercial
Cuota fija o de servicio 395 ptas./mes
Cuota variable o de consumo
Hasta 20 m?/trimestre 60 ptas./m? Más de 20 m? hasta 30 m?/trimestre 120 ptas./m? Más de 30 m?/trimestre, en adelante 230 ptas./m?
Derechos de acometida
Parámetro A: 948,30 ptas./mm
Parámetro B: 5.268,36 ptas./l/sg
Cuota de contratación y reconexión.
Según lo establecido en el artículo 56 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Fianzas.
Se exigirá la cantidad máxima que se establece en el artículo
57 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 2 de julio de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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