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En el expediente instruido al efecto por dicha Corporación se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de una finca de la Excma. Diputación Provincial de Jaén al Ilmo. Ayuntamiento de Baeza (Jaén), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Diputación en sesión celebrada el día 2 de junio de 1997, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 135, de fecha 14 de junio de 1997, y cuya descripción es la siguiente:
Olivar de secano llamado «Los Alvarez¯, situado en Clavijo, término de Baeza, con cuatrocientas sesenta y tres matas de olivos, en superficie de trece fanegas de tierra, equivalentes a seis hectáreas, diez áreas y cincuenta y seis centiáreas, con una casa dentro de su perímetro. Linda: orte, con olivar de Antonio Perales; Sur, las de José Garrido; Este, otras de Joaquín Claramunt; y Oeste, más de Manuel Nebrera.
Figura inscrita en la actualidad en pleno dominio a favor de la Diputación Provincial de Jaén al folio 53, libro 480, tomo 1.072, finca 40.138-R, inscripción primera.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 18 de diciembre de 1997
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
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